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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES QUINCHAMALÍ LTDA. con SII
Fecha: 06-08-2026 · Materia: Liquidación
ACOGE+5.000M Ha Lugar
El tribunal acoge el reclamo de Inversiones Quinchamalí contra las liquidaciones del SII que tasaban el aporte de derechos sociales, estimando que el SII excedió sus facultades al no acreditarse que el valor fuera notoriamente inferior a los de mercado ni a los de convenciones similares.
Inversiones Quinchamalí Ltda. declaró pérdida tributaria de $336.255.162.487 en 2021 por aporte de derechos sociales de Inversiones Tano Ltda. a Inversiones Latadía Ltda., solicitando devolución de $1.820.972.394 por PPUA. El SII cuestionó la valorización del aporte (estimada en $132.461.912.029 por la reclamante mediante informe de la Universidad Adolfo Ibáñez) y tasó el valor en $137.519.411.093, diferencia de solo 1,57% en el precio de la acción de Cencosud S.A. ($1.330,56 vs $1.351,89). Operación efectuada entre empresas relacionadas del grupo Paulmann-Cencosud sin cambio en el control soc
El tribunal establece que la facultad de tasación del artículo 64 inciso 3° del Código Tributario es excepcional y debe aplicarse restrictivamente. Requiere que el precio sea notoriamente inferior a valores de mercado o de convenciones similares, considerando circunstancias de la operación. En operaciones entre partes relacionadas, el SII debe probar la falta de buena fe e intención elusiva, no el contribuyente. Analiza principios de buena fe, legalidad, equidad tributaria y debido proceso. Concluye que una diferencia de 1,57% no es notoriamente inferior; que el método de Valor Contable Ajusta
Se acoge el reclamo de Inversiones Quinchamalí Ltda. Se dejan sin efecto íntegramente las Liquidaciones Nos. 58, 59 y 60 de 30 de agosto de 2024. Se confirma la base imponible declarada y la devolución de PPUA cursada. Se deja sin efecto la multa del artículo 97 N°11 del Código Tributario. Se declara que no hay condena en costas por motivos plausibles para litigar.
“INVERSIONES QUINCHAMALÍ LTDA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
DIRECCION GRANDES CONTRIBUYENTES”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM 30732,52
Multa UTM 21002,38
Reajuste UTM 8160,43
Intereses UTM 22721,23
Cuantía Bruta UTM 82616,56
Santiago, seis de agosto de dos mil veintiséis.
VISTOS:
Que, a folios 1 y siguientes del expediente electrónico, comparece don Cristián Rafael Gamboa Guzmán, abogado, cédula nacional de identidad número 10.664.298 -2, domiciliado en Av. Presidente Riesco N° 5561, oficina 903, comuna de Las Condes, Santiago, en representación judicial convencional de Inversiones Quinchamalí Ltda. (en adelante también la “Sociedad” o “IQ”), RUT N° 86.193.900 -6, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en Av. Presidente Kennedy N° 9001, piso 4, comuna de Las Condes, Santiago, quien señala que la contribuyente fue notificada mediante correo electrónico de 30 de agosto de 2024 de las Liquidaciones N°s 58, 59 y 30 (en adelante también las “Liquidaciones”) emitidas con la misma fecha por don Sergio Henríquez Gutiérrez en su calidad de Director de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (en adelante también “SII”), junto a otros siete funcionarios de dicha repartición fiscal, en las cuales se determinan supuestas diferencias de Impuesto Único del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante también “LIR”) y diferencias de reintegro del artículo 97 de la misma ley, todo ello respecto del año tributario (en adelante también “AT”) 2021, por un total histórico de $2.068.114.426, el que actualizado a agosto de 2024 asciende a $5.559.599.784.-(que incluye reajustes, intereses y multas).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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