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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES PRADERAS DE LA DEHESA LIMITADA con SII
Fecha: 04-09-2026 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Acoge parcialmente reclamo tributario por sobretasa de impuesto territorial al determinar que el inmueble carece de acceso efectivo a servicios de agua potable y alcantarillado, pese a ubicarse formalmente en área de concesión.
Inversiones Praderas de la Dehesa Limitada reclama contra el SII por el avalúo fiscal y aplicación de sobretasa del 100% al bien raíz ubicado en Avenida Paseo Pie Andino N°4.990, rol 3777-93, comuna Lo Barnechea. El SII aplicó la sobretasa conforme al artículo 8 de la Ley N°17.235 por tratarse de sitio eriazo no edificado en área urbana. La reclamante alega que no se prestan realmente los servicios de agua potable ni recolección de aguas servidas, ya que aunque existe factibilidad, las redes aún no han sido construidas y requieren obras de extensión que dependen de Aguas Cordillera S.A.
El Tribunal reconoce que si bien formalmente el predio se ubica dentro del área de concesión de Aguas Cordillera (acreditado por certificado de factibilidad y Decreto N°163 de 2020), el inciso 2° del artículo 8 de la Ley N°17.235 exige que los servicios se presten efectivamente. El certificado de factibilidad condicionaba la prestación a que el propietario construyera extensión de redes de agua potable y alcantarillado, requiriendo aprobación previa de Aguas Cordillera. La inspección personal del Tribunal constató que a la fecha de visita aún no existía acceso efectivo a servicios básicos. El
Se acoge parcialmente el reclamo. Se deja sin efecto la aplicación de la sobretasa del 100% al bien raíz rol 3777-93 de Lo Barnechea. El SII dispondrá el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“INVERSIONES PRADERAS DE LA DEHESA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SANTIAGO ORIENTE”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 4 , comparece don Luis Felipe Ocampo Moscoso , abogado, cédula nacional de identidad N°76.055.896-6, en representación de INVERSIONES PRADERAS DE LA DEHESA LIMITADA , Rol Único Tributario N°76.055.896-6, ambos domiciliados en Avenida El Rodeo 12.699, local 8, comuna de Lo Barnechea, quien de conformidad a los artículos 149 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo en contra del avalúo fiscal determinado por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) mediante Resolución Exenta N°175, de fecha 31/12/2021, con término de exhibición de roles el día 23/05/2021, respecto del bien raíz ubicado en Avenida Pie Andino N°5081, rol de avalúo 3777-27, de la comuna de Lo Barnechea , con costas, declarando que la propiedad se encuentra dentro de la causal de exclusión de la sobretasa debido a que no se prestan real y efectivamente los servicios de agua potable y recolección de agua servida, en virtud de los siguientes argumentos:
En el capítulo de su reclamo denominado: “ANTECEDENTES”, explica que su representada es dueña del Lote 3-AA de una superficie aproximada de 50.148,27 metros cuadrados, cuyo dominio se encuentra inscrito a fojas 73.422 número 111.415 Del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Agrega que con fecha 23/04/2021, la comuna de Lo Barnechea dio inicio a la exhibición de los roles de avalúos de los bienes situados en dicha localidad, y debido a ello, el SII procedió a modificar el avalúo del bien raíz ya individualizado, manteniendo una sobretasa del 100% de su avalúo fiscal, conforme al artículo 8 de la Ley sobre Impuesto Territorial.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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