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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES FK LIMITADA con SII
Fecha: 11-09-2026 · Materia: Giro
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo y deja sin efecto giros por Impuesto a Bienes de Lujo sobre aeronaves, constatando que una estaba accidentada sin condiciones de mercado ordinario y la otra no alcanzaba umbral legal, además de insuficiente fundamentación en la determinación de valores.
Inversiones FK Limitada es propietaria de dos aeronaves: CC-CFF (CESSNA 402C) que sufrió accidente el 25 de mayo de 2018 y permanecía fuera de vuelo, y CC-PMM (CESSNA T310R) adquirida en 2020 por $100.000.000. El SII giró el Impuesto a Bienes de Lujo sobre ambas en abril de 2024 usando valores del registro general. La contribuyente interpuso reposición administrativa, parcialmente acogida, y luego reclamo tributario alegando que las aeronaves no reunían requisitos legales para afectación al tributo.
El tribunal estimó que el artículo 9° de la Ley N°21.420 exige que los bienes en el registro estén en buen estado de conservación y uso. Para la CC-CFF, los antecedentes (certificado DGAC, instrumentos de indemnización, registros contables) acreditaron que permanecía accidentada desde 2018, por lo que no podía asimilarse razonablemente a un bien en buen estado. Respecto de CC-PMM, la tasación comercial aportada ($88.198.775) resultaba por debajo del umbral de 122 UTA (equivalente a $94.012.224 al 31 dic 2023), y el Informe Técnico N°172 del SII no explicó suficientemente por qué aplicar $147.2
Se acoge el reclamo tributario de Inversiones FK Limitada y se dejan sin efecto los Giros Folios N°9622821 y N°9622823, ambos de fecha 1 de abril de 2024. No se condena en costas al SII por haber tenido motivo plausible para litigar.
“INVERSIONES FK LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION
REGIONAL STGO ORIENTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Cuantía Neta UTM : 101,7
Multa UTM : 0
Reajuste UTM : 0
Intereses UTM : 0
Cuantía Bruta UTM : 101,7
Santiago, a once de septiembre del dos mil veintiséis.
VISTOS.
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. RECLAMO TRIBUTARIO.
A fojas 01 y siguientes del expediente electrónico , con fecha 29 de noviembre de 2024, comparece doña MARTINA BELCREDI LASCH , cédula nacional de identidad N°18.022.994-9, en representación de INVERSIONES FK LIMITADA, RUT N°78.210.870-0, ambos domiciliados en Avenida El Bosque Norte N°0125, Piso N°8, comuna de Las Condes, Región Metropolitana (en adelante indistintamente, la “Reclamante”, la “Contribuyente” o “Inversiones FK”), quien en tiempo y forma interpone reclamo tributario, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123, 124 y demás pertinentes del Código Tributario, en contra de los Giros Folios N°9622821 y N°9622823, ambos correspondientes al Formulario N°21 y emitidos en abril de 2024 , notificados a la Contribuyente mediante correo electrónico enviado con fecha 03 de abril de 2024 (en adelante indistintamente, los “Giros” o los “actos reclamados”), emitidos por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante indistintamente, el “Servicio”, “SII”, la “Administración” o el “Reclamado”).
I. HECHOS. 4b625c873c58472fbb7b26b59a00d8a5
Señala que Inversiones FK Limitada es dueña del avión matrícula CC -CFF, marca CESSNA, modelo 402C, número de serie 402C0405, y del avión matrícula CC-PMM, marca CESSNA, modelo T310R, número de serie 310R2113.
Indica que, en el devenir de las actividades económicas de la contribuyente, existen aeronaves de su propiedad que fueron objeto de accidentes o siniestros y que, debido a su estado o condición, no tendrían valor económico alguno como aeronaves, por result ar imposible su uso.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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