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Tribunal · solo Pro
LAGOS ROJAS con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 17-09-2013 · Materia: Liquidación
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal rechaza liquidaciones de IVA y renta por fiscalización deficiente de máquinas tragamonedas. SII no acreditó que premios integren base imponible ni justificó metodología de punto fijo aplicada a muestra insuficiente.
Bernardo Lagos Rojas, comerciante con máquinas de juegos en Valdivia, fue fiscalizado por SII en febrero de 2010 para verificar cumplimiento de obligaciones de IVA. Fiscalizadores contabilizaron fichas en días 3, 4 y 6 de febrero, concluyendo diferencias entre fichas y ventas registradas en libro. SII determinó que 80% de ingresos correspondía a premios pagados, aplicó factor de corrección a 362 días anteriores y reliquidó IVA (períodos marzo 2009-febrero 2010) e impuesto a renta (años 2009-2010). Se emitieron 14 liquidaciones en diciembre 2012.
El tribunal analiza cuatro deficiencias fundamentales en la acción fiscalizadora: (1) SII no acreditó que premios integren base imponible de IVA, pues Decreto de Hacienda 547/2005 expresamente los excluye; (2) el procedimiento de punto fijo fue deficiente: muestra de 3 días (0,8% del año) es estadísticamente insignificante, no se comparó con días anteriores conforme exige el método, fiscalizadores no estuvieron presentes todo el día ni fue mismo inspector, vulnerando requisitos esenciales; (3) actas de inventario presentan números difusos e incomprensibles, imposible relacionarlos con cifras e
Se acoge el reclamo y se anulan todas las liquidaciones números 139 a 154 (excepto 153 y 155), tanto de IVA como de impuesto a renta y global complementario, por falta de acreditación de hechos que les sirven de fundamento.
Valdivia, a diecisiete de septiembre de dos mil trece.
VISTOS:
A fojas uno y siguientes, comparece don Julio Burgos Navarrete y don Iván
Hunter Ampuero, RUT N° 13.820.134-1 y N° 13.817.801-3 respectivamente, ambos abogados, domiciliados en Maipú 251, oficina 601-B, Valdivia, en representación de don BERNARDO LAGOS ROJAS, comerciante, RUT N° 9.259.442-4, domiciliado en Arauco N° 347, Valdivia.
Interponen reclamo en contra de las Liquidaciones N° 139,140, 141,142,143,144,145,146,147,148,149,150,151,152 y 154, emitidas y notificadas con fecha 28 de diciembre de 2012 por el Servicio de Impuestos Internos, XVII Dirección Regional Valdivia, por los fundamentos que expone.
I.- ANTECEDENTES GENERALES DEL RECLAMO:
Exponen que su representado mantiene y opera un negocio de máquinas de juegos en el centro de la ciudad de Valdivia, en cuyo desarrollo siempre ha cumplido sus obligaciones fiscales. A principio de febrero de 2010 fue fiscalizado por el Servicio de Impuestos internos con el objeto de verificar el cumplimento de las obligaciones de declaración y pago del impuesto al valor agregado. La fiscalización consistió en que se revisó al inicio del día 3 de febrero de 2009(sic) cuántas fichas tenía cada máquina que explotaba, operación que se repitió al final del día. Además los días 4 y 6 de febrero se realizó la operación sólo al final del día, concluyendo los fiscalizadores que existiría una diferencia entre las fichas que cada máquina contenía y el número de ventas anotadas en el libro respectivo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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