Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
SALDIAS VEGA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 31-08-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuestos. Se acredita origen de fondos para compra de camión Daihatsu mediante venta anterior de otro vehículo. Se rechaza justificación de inversiones inmobiliarias por falta de acreditación de disponibilidad de fondos.
Juan Francisco Saldías Vega, comerciante con contabilidad completa, fue objeto de liquidaciones N°3 y 4 del SII que rechazaron devolución de impuestos por $5.639.098 del año 2013, efectuando agregados de renta. El SII cuestionó tres inversiones: compra de inmueble en San Luis N°845 por $15.000.000 (financiado con crédito bancario), adquisición de camión Daihatsu 2007 por $6.546.938 (sin registros contables) y compra de inmueble en Alberto Blest Gana por $15.000.000 (mediante crédito Scotiabank e indemnización por expropiación). El contribuyente argumentó que dichas inversiones estaban justific
El tribunal reconoce que aunque los artículos 70 y 71 LIR exigen que contribuyentes con contabilidad completa acrediten el origen de fondos mediante ella, el artículo 132 del Código Tributario permite en procedimientos tributarios cualquier medio probatorio apto para producir fe, dándole valor preferente a la contabilidad cuando existe. Respecto al camión Daihatsu, el tribunal estima acreditado mediante contrato de compraventa que el origen de fondos proviene de la venta de un camión Chevrolet anterior en $6.600.000 realizada 9 meses antes, siendo consistente con el monto e fecha de la inversi
Se acoge en parte la reclamación, acreditándose el origen de fondos para la inversión de compra del camión Daihatsu. Se rechaza en todas sus demás partes. El SII debe ajustar las liquidaciones conforme a lo resuelto. No se condena en costas al reclamante por no haber sido completamente vencido.
Valdivia, treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fojas uno y siguientes, comparece don ANDRÉS JAVIER OLAVE
ECHEÑIQUE, RUT N° 17.863.303-1, Abogado, domiciliado en Maipú N°187 oficina 36 de Valdivia , en representación de JUAN FRANCISCO SALDÍAS VEGA , RUT N° 8.289.375-K, comerciante, domiciliado en Condominio Miraflores, parcela 46, Guacamayo, Valdivia. Interpone reclamo en contra de la Liquidaciones N° 3 y 4 del 5 de febrero de 2016 del Servicio de Impuestos Internos, fundado en los argumentos que pa sa a exponer.
Señala que, con fecha 5 de febrero de 2016 , mediante resolución exenta N°80 del Servicio de Impuestos Internos, se le denegó devolución de impuestos por $5.639.098 solicitados por Formulario 22 Folio 241929023 del Año Tributario 2013 . Se emitió la Liquidación N°3 del 5.02.2016, que es parte integrante de la resolución indicada, cuyo texto extracta en parte. Transcribe las partidas y elementos liquidados. Se refiere al cálculo de Impuesto a la Renta, expresando que la base imponible declarada por su representado es de $0, y transcribe cuadros que contienen los agregados efectuados por el Servicio tanto en Impuesto Global Complementario como en Primera Categoría . Se ñala que justificará las inversiones a fin de evitar la presunción de renta y lograr así que se anule total o parcialmente la liquidación de impuestos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.