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Tribunal · solo Pro
CONSTRUCTORA PENA Y PENA LIMITADA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 23-09-2013 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
HA LUGAR EN PARTEAvalúo +100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de contribuyente contra avalúo fiscal de terreno no agrícola, corrigiendo Coeficiente Guía de 1,0 a 0,7 y fijando Coeficiente Corrector de Terreno en 0,4 por tamaño, topografía e restricciones municipales.
Constructora Peña y Peña Limitada es propietaria del Lote A-2 en Futrono, de 39.408,85 m² con topografía irregular, afloramiento rocoso y más del 35% en zona ZR-1 y ZR-2 (restricción por vertientes y altas pendientes). El SII asignó avalúo de $312.040.462 en tasación general 2013. La constructora reclama error en aplicación de tablas: sostiene que Coeficiente Guía debería ser 0,7 (no 1,0) y solicita Coeficiente Corrector de 0,1 por condiciones excepcionales del inmueble, proponiendo avalúo de $21.842.832.
El Tribunal constata que el SII reconoce error al fijar CG en 1,0 cuando corresponde 0,7 según sus propios planos. Respecto al Coeficiente Corrector, aunque la Resolución Exenta N°132/2012 establece tablas específicas, la Circular N°7/2013 permite ajustes por características no contempladas. El predio de casi 40.000 m² supera en cien veces el área máxima del Área Homogénea (400 m²), lo que incide en valor unitario por m². Se acredita que afloramiento rocoso, topografía irregular de cerro con fuertes pendientes y restricciones municipales ZR-2 (que requieren estudios fundados inexistentes en pa
Acoge parcialmente reclamo. Aplica Coeficiente Guía de 0,70 (en lugar de 1,0) y Coeficiente Corrector de Terreno de 0,40 (en lugar de 1,0 inicialmente aplicado). No condena en costas por acogimiento parcial.
Valdivia, veintitrés de septiembre de dos mil trece.
VISTOS:
A fojas uno y siguientes, comparece don MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ GARCÍA, Cédula de Identidad N°12.422.096 -3, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Independencia N°625, tercer piso, oficina 1 , Valdivia, en representación de CONSTRUCTORA PEÑA Y PEÑA LIMITADA, RUT N°78.479.580 -2, sociedad del giro de su nombre, domiciliada en calle Rancagua N°1415 , Temuco. Interpone reclamación en contra del avalúo de bien raíz efectuado por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante, el SII o el Servicio ) en tasación general de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 149 y siguientes del Código Tributario. Lo anterior, en base a los argumentos que pasa a exponer.
Señala que su representada es dueña del inmueble denominado “L ote A -2” de superficie de 39.408,85 metros cuadrados, con actual ingreso por pasaje Rio Caunahue N°1000, que proviene de la subdivisión de inmueble ubicado en calle Balmaceda N°755 comuna de Futrono, que tiene una superficie aproximada de 6,60 hectáreas, según plano N°X-1-4690 S.R., inscrito a fojas 394 , número 575 , del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Lagos del año 2008. El plano de subdivisión que singulariza al “Lote A -2” se encuentra agregado con el número 134 al final del Registro de Propiedad del año 2009 del Conservador señalado. El inmueble figura con el Rol de Avalúo N°70-280 de la comuna de Futrono.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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