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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD EDUCACIONAL DEL VALLE LIMITADA con SII
Fecha: 07-10-2013 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de establecimiento educacional subvencionado contra liquidaciones de impuesto a la renta por gastos no acreditados e ingresos no renta, disponiendo reliquidación de las tasaciones.
Sociedad Educacional del Valle Limitada, colegio particular subvencionado, fue fiscalizado en 2012 respecto a años tributarios 2010, 2011 y 2012. El SII detectó: gastos generales y varios no acreditados, rebaja indebida de ingresos por subvenciones como ingreso no renta, y subdeclaración de ingresos por subvenciones. Emitió liquidaciones 10.411 a 10.413 del 26 de diciembre de 2012. La reclamante controvertió que los excedentes de subvención se encontraban disponibles en cuenta caja, sin acompañar documentación de cartolas bancarias que lo acreditaran.
El Tribunal reconoce que los ingresos por subvenciones, derechos de matrícula y escolaridad, cuando se destinan a la función docente conforme al DFL Nº 2/1998, no están afectos a tributación. Sin embargo, los excedentes no invertidos quedan sujetos a impuesto. La reclamante alegó que los excedentes estaban en cuenta caja, pero no acreditó documentalmente su disponibilidad mediante cartolas bancarias. El Tribunal advierte que la franquicia tributaria es de interpretación restrictiva y que pesa sobre el contribuyente la carga probatoria. Respecto a la agregación total de subvenciones a la base i
Se acoge parcialmente el reclamo. Se reliquidan las liquidaciones 10.411 a 10.413 de 26.12.2012 conforme a lo dispuesto en el considerando vigésimo párrafo k) y considerando vigésimo primero punto 9. Se confirman en lo demás las liquidaciones cuestionadas.
Fojas: doscientos setenta. – 270
“SOCIEDAD EDUCACIONAL DEL VALLE LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Providencia, a cuatro de octubre de dos mil trece.
VISTOS:
El escrito de fecha 15 de abril de 2013, rolante a fs. 148 a 170, y cumplimiento de fecha 3 de mayo de 2013, rolante a fs. 173 y 174, mediante el cual doña Carmen Gloria Jorquera Sánchez, abogada, C.N.I. N° [RUT reservado], en representación y en calidad de mandataria judicial de “ SOCIEDAD EDUCACIONAL DEL VALLE
LIMITADA”, RUT N° 76.676.260 -3, giro: Establecimiento de enseñanza pre -escolar, primaria, secundaria, con domicilio en Camino Buin Maipo 2920, comuna de Buin, Región Metropolitana, deduce reclamo en contra de la s L iquidaciones N°s 10.411, 10412 y 10.413, de fecha 26 de diciembre de 2012, emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO SUR, RUT N°60.803.408 -0, representado legalmente por doña FLAVIA ORTIZ QUEZADA , Directora Regional de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos (SII), según Resolución SII PERS. N°506, ambos domiciliados en calle Ramón Subercaseaux N°1273, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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