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Tribunal · solo Pro
Jerez Cortes con SII
Fecha: 11-11-2013 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar Revocatorio
Se acoge reclamo de contribuyente contra infracción por no facturación de guías de despacho, al acreditarse que los traslados de semillas constituían depósito previo a compraventa condicional, no venta inmediata.
Alexis Jerez Cortés, comerciante transportista, fue sancionado por no emitir facturas respaldando guías de despacho Nos. 01096, 01098 y 01100 de marzo 2013, que documentaban traslado de semillas de raps a empresa Semillas Generación 2000 Ltda. El contribuyente argumentó que no se trataba de venta sino de depósito en calidad de multiplicación, sujeto a aprobación de comprador canadiense. Posteriormente, el 23 de mayo 2013, emitió factura N° 816 por 65.091 kgs. de semilla limpia seleccionada.
El Tribunal analizó el contrato de multiplicación de semillas celebrado entre las partes, concluyendo que constituía un acuerdo complejo: depósito inicial de la producción íntegra, seguido de selección y condicionado a aceptación de tercero comprador conforme normas de calidad canadienses, para luego perfeccionar la compraventa definitiva. Las guías de despacho, al indicar expresamente "a selección", evidenciaban carácter de depósito previo, no venta inmediata. El fiscalizador procedió deficientemente, suponiendo venta sin examinar adecuadamente el contrato. No aplicaban normas de facturación
Se acoge reclamo de Alexis Jerez Cortés. Se deja sin efecto notificación de infracción N° 1162254 de 23 de mayo 2013 por infracción del artículo 97 N° 10 del Código Tributario. Se absuelve de costas por motivos plausibles de litigio.
Temuco, once de noviembre de dos mil trece.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don ALEXIS JEREZ CORTÉS , comerciante y transportista, cédula de identidad N° 10.259.662-5, domiciliado en Temuco, calle Los Chilcos esquina Arrayán N ° 165, y para estos efectos en el domicilio de su abogado, calle Antonio Varas N° 687, oficina N° 1209, Temuco, quien conforme a las disposiciones del artículo 165 del Código Tributario formula reclamo en contra de la notificación de infracción N° 1162254, de 23 de mayo de 2013, cursada por funcionarios de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos por la infracción sancionada en el artículo 97 N° 10 del mencionado cuerpo legal.
Expone al efecto, que se le cursó la infracción señalada producto de la auditoría que se le realizaba de todos sus antecedentes contables y tributarios de los años 2011 , 2012 y 2013, indicando el funcionario fiscalizador que las Guías de Despacho Nos. 01096, 01098 y 1100, del 12, 13 y 14 de marzo de 2013 respectivamente no fueron facturadas en la fecha que fueron confeccionadas, que corresponde al mes de marzo del presente año.
Manifiesta que las guías de despacho infraccionadas no importaban operaciones de venta a terceros, sino que correspondían a traslado de mercaderías desde su sucursal a l esta blecimiento de la empresa Semillas Generación 2000 Limitada, con domicilio en calle Carlos Sanhueza , Cajón, Temuco. Agrega que según el contrato de multiplicación de semillas, depósito y compraventa de Raps para semilla variedad L.120, estas serían liquidadas y pagadas una vez que fueran aprobadas por el país comprador, que corresponde a Canadá. Dicha mercadería fue liquidada y pagada según factura N° 816, de 23 de mayo de 2013 , señalando que el 16 de enero del mismo año, según factura N° 811, se canceló u n anticipo de $ 9.520.000.- con IVA, no habiéndose cosechado aún el producto.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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