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Tribunal · solo Pro
López Navarro con SII
Fecha: 20-01-2014 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz agrícola · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de avalúo de bien raíz no agrícola. Contribuyente no acreditó errónea aplicación de tablas de clasificación ni procedimiento técnico del SII fue irregular conforme a Ley 17.235 y Resolución Ex. 132/2012.
María Leonor López Navarro reclama reavalúo de predio rol 205-1 en Pucón (5.800 m²) realizado por SII para 2013. El avalúo pasó de $11.107.526 (2012) a $96.825.200 (2013), alzaproximada de 870%. Reclamante argumenta que el inmueble carece de servicios básicos, se encuentra fuera del radio urbano, ha estado en venta por $35 millones sin compradores, y que predios similares en sector no superan $20 millones. Funda su reclamo en causal N°2 del artículo 149 del Código Tributario (aplicación errónea de tablas de clasificación).
El Tribunal destaca que el Impuesto Territorial no es un impuesto de declaración, sino determinado por la Administración Tributaria (SII). Aunque existe presunción de validez de los actos administrativos, el reclamante debe acreditar razonablemente los hechos que alega. Al analizar la prueba conforme a sana crítica, el Tribunal constata que la reclamante no especifica qué tablas fueron aplicadas erróneamente ni cómo se configuró la causal invocada. La evidencia presentada (valor comercial inferior al fiscal) no demuestra error técnico en la aplicación de criterios. El SII aplicó estrictos pará
Rechaza reclamo de avalúo interpuesto por María Leonor López Navarro. Confirma actuación del SII que modificó avalúo fiscal del rol 205-1 de Pucón conforme a instrucciones técnicas de Resolución Ex. 132/2012. No condena en costas por estimar motivo plausible para litigar.
1
Temuco, veinte de enero de dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas trece y siguientes, comparece doña MARIA LEONOR
LÓPEZ NAVARRO , cédula de identidad N° 8.584.584-5, profesora, domiciliada en Condominio La Foresta, casa 217, calle Colo Colo N° 11 de la ciudad de Pucón, quien expresa que conforme al Título III, Párrafo 1 °, artículos 149 y siguientes del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario , viene en deducir Reclamo en contra de la actuación del Servicio de Impuestos Internos consistente en el r eavalúo efectuado al predio no agrícola no habitacional de su propiedad, rol de avalúos 205-1 de la comuna de Pucón.
Al efecto, señala que s e trata de una propiedad de 5.800 metros cuadrados ubicada en sector El Porvenir, lugar Turbina Alta de la comuna de Pucón, la cual se encuentra fuera del radio urbano según el plano regulador, no posee certificación de número, sin acceso vehicular, solo peatonal no consolidado, sin servicios básicos de luz, agua potable y alcantarillado. Manifiesta también que los informes previos municipales presentan limitaciones y restricciones que disminuyen la plusvalía de dicha propiedad, ya que entre otros factores que afectan la propiedad directamente, indica que la superficie de ocupación máxima de uso suelo es de 20% y la altura máxima de construcción es de 2 pisos, además de ser una propiedad que no puede ser subdividida.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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