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Tribunal · solo Pro
Tapia Montiel con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 27-01-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Ha Lugar
Se acogió reclamo contra infracción por no emisión de boleta, determinando que la venta se realizó el 19 de octubre con boleta N° 4449 emitida en oportunidad legal, no el 22 de octubre como alegó el SII.
El 1 de noviembre de 2013, funcionarios del SII inspeccionaron el restaurante Austral en Puerto Natales. Detectaron una venta de $11.600 según comprobante Transbank del 22 de octubre sin boleta asociada en esa fecha. El contribuyente alegó que la venta se realizó el 19 de octubre con boleta N° 4449, y que el abono en Transbank fue el 22 de octubre por demora de la tarjeta de débito. Se cursó infracción N° 1049529 por no otorgamiento de boleta.
El tribunal analizó la normativa del artículo 55 inciso 6° del DL 825 que exige emitir boletas al momento de entrega real o simbólica de especies. Mediante análisis de comprobantes Transbank, boletas N° 4449 y 4450, libro de ventas autorizado y detalle de movimientos Transbank, se acreditó que la venta de $11.600 se realizó el 19 de octubre de 2013 con tarjeta de débito, con boleta N° 4449 emitida en oportunidad legal. El comprobante del 22 de octubre solo reflejaba la fecha de abono, no de la operación. Los fiscalizadores confundieron fecha de transacción con fecha de abono, sin acreditar ven
Se acogió el reclamo dejando sin efecto la Notificación de Infracción N° 1049529 del 1 de noviembre de 2013 y anulando la boleta N° 04458 del 1 de noviembre de 2013 emitida a petición de los fiscalizadores.
Punta Arenas, a veintisiete de enero de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 16 y siguiente comparece don Rodrigo Tapia Montiel , RUT N° 7.054.519-5, comerciante, domiciliado en calle Esmeralda N° 643 de la ciudad de Puerto Natales, interponiendo reclamo ante este Tribunal conforme el Procedimiento Especial para la Aplicación de Ciertas Multas establecido en el artículo 165 del Código Tributario, en contra de la Notificación de Infracción Nº 1049529, de fecha primero de noviembre de dos mil trece, argumentando no haber cometido la infracción sancionada en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario.
Expresa la parte reclamante que con fecha primero de noviembre de dos mil trece fue visitado por dos funcionarios del Servicio de Impuestos Internos , quienes le solicitaron el libro de Compras y Ventas y las boletas de ventas emitidas a la fecha de la inspección, apareciendo una venta realizada con tarjeta de crédito por el valor de $11.600.-, efectuada el día veintidós de octubre de dos mil trece; agrega el reclamante que señaló a los funcionarios que la boleta se hizo el diecinueve de octubre de dos mil trece, N° 04449, registrada en el folio 22 del libro de Compra y Venta; de igual manera indica que con fecha cinco de noviembre de dos mil trece solicitó a Transbank un detalle de la referida venta figurando la misma con fecha diecinueve de octubre de dos mil trece y el abono con fecha veintidós de octubre del mismo mes y año. Expresa que los funcionarios se basaron en la fecha del abono, que se hizo con tres días de atraso a la venta, y que por lo mismo no cometió ninguna infracción sancionada con el artículo 97 N° 10 del Código Tributario, por lo que solicita a este Tribunal dejar sin efecto la Notificación de Infracción Nº 1049529, de fecha primero de noviembre de dos mil trece, por no ser ajustada a derecho.
A fojas 24 y siguientes comparece don Elías Sánchez Ávila, Director
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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