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Tribunal · solo Pro
SOC INMOBILIARIA ABINSA LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 06-02-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo tributario de avalúo por error en clasificación de área homogénea: predios ubicados en RSS073, no en WSS039 como aplicó el SII. Se anula tasación y ordena reavalúo conforme a zona correcta.
Sociedad Inmobiliaria Abinsa Limitada reclama el reavalúo fiscal de dos inmuebles (roles 599-2 y 599-4) en Osorno, válido primer semestre 2013. El SII tasó el rol 599-2 en $309.500.016 y el rol 599-4 en $711.498.704, aplicando coeficiente guía 1,00 y corrector 1,00. La reclamante sostiene que los predios están ubicados en el área homogénea RSS073, no WSS039, y que sus valores comerciales son inferiores a los avalúos fiscales. Solicita nuevo avalúo de $92.850.005 (rol 599-2) y $341.519.378 (rol 599-4), conforme causales 2 y 3 del artículo 149 del Código Tributario.
El tribunal analiza la prueba rendida conforme a sana crítica y concluye que: (1) Los predios están ubicados en el área homogénea RSS073, confirmado por fotografías Google Earth, plano topográfico del SII, inspección personal del tribunal y declaración testifical. (2) El SII incurrió en error al aplicar tablas de clasificación del área WSS039, debiendo haber aplicado las de RSS073. (3) No se acreditó error de transcripción, copia o cálculo respecto de los coeficientes de ajuste aplicados, siendo correcto el factor 1,00. (4) No se acreditó que los valores fiscales excedan el valor comercial. Po
Se acoge parcialmente reclamo. Se deja sin efecto tasación de roles 599-2 y 599-4 válida primer semestre 2013. No se fija tasación propuesta por reclamante. Se ordena al SII realizar nueva tasación conforme tablas del área homogénea RSS073. No hay condena en costas.
Puerto Montt, seis de febrero de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don César Triviño Lavanderos, RUT 9.984.758-1, abogado, con domicilio en calle Matta N°549, Oficina 1009, Osorno, en representación, según mandato judicial, de Sociedad Inmobiliaria Abinsa Limitada, RUT 77.110.000-7, representada por don Waldemar Á vila Bedecarratz, RUT 7.017.249 -6, ingeniero c ivil, ambos con domicilio en calle Bulnes N° 671, Osorno; quien interpone reclamo tributario de avalúo de bienes raíces en contra del Servicio de Impuestos Internos en virtud de las causales Nros. 2 y 3 del artículo 149 del Código Tributario, por el reavalúo de los inmuebles Roles Nros. 599-2, lote 1A-2, y 599-4, lote 1A-7, ubicados en sector Las Quemas, comuna de Osorno, válido para el primer semestre de 2013, solicitando se acoja el reclamo y se deje sin efecto su tasación actual, modificándose ésta , para el Rol N° 599 -2, en la suma de $92.850.005 pesos, y para el Rol N° 599 -4, en la suma de $341.519.378 pesos o en la que este Tribunal determine, conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que indica en su presentación.
Sostiene que Inmobiliaria Abinsa Limitada, es propietaria de los predios ubicados en la comuna de Osorno, Lote Uno-A dos, de una superficie de 21.759 metros cuadrados, Rol de Avalúo N°599 -2, y Lote Uno -A siete, de 50.021 metros cuadrados, Rol de Avalúo N°599 -4, respecto de los cuales, de acuerdo a la retasación del año 2013, el Servicio de I mpuestos Internos determinó un avalúo para la propiedad Rol N°599-2 de $309.500.016, y para la propiedad Rol N°599-4 de $711.498.704, habiéndose aplicado un coeficiente guía de 1,00, y un coeficiente corrector de 1,00.
La reclamante señala que el reclamo se fundamenta en lo expuesto en informes periciales que adjunta, los cuales se refieren a manifiestos errores cometidos por el Servicio de Impuestos Internos en la retasación 2013 a las propiedades objeto de autos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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