Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
FIGUEROA TRONCOSO con SII
Fecha: 11-02-2014 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuestos por inversión en fondos mutuos, reduciendo base imponible de $256.250.000 a $250.000.000, al constatar error en cuantía pero mantener tributación por falta de acreditación del origen de fondos.
Omar Figueroa Troncoso, sostenedor de colegios subvencionados, realizó inversión en fondos mutuos BCI por $250.000.000 el 20 de abril de 2011. El SII emitió liquidaciones N°s 11.794 y 11.795 el 15 de febrero de 2013, requiriéndole acreditara inversión por $256.250.000 como renta de primera categoría. El contribuyente no acompañó documentación en la citación de diciembre 2012, argumentando causas de salud y que los fondos provenían de excedentes de subvenciones estatales para educación.
El tribunal reconoce que el artículo 70 de la LIR establece presunción simplemente legal sobre el origen de fondos, admitiendo prueba en contrario. Constata que existe inversión efectiva de $250.000.000 acreditada con contrato y cartola de fondos mutuos. Sin embargo, determina que el contribuyente solo alegó proveniencia de subvenciones sin acreditar documentalmente cómo se generó la suma en el tiempo, ni acompañó documentación sustentatoria del nacimiento de tales fondos. Requiere que como empresario gravado en primera categoría debe acreditar origen mediante contabilidad fidedigna conforme a
Se acoge parcialmente la reclamación, modificándose la base imponible de las liquidaciones de $256.250.000 a $250.000.000. Se ordena reliquidación de las liquidaciones N°s 11.794 y 11.795 conforme a este monto. Se rechaza acción respecto a mantener tributación por primera categoría. No se condena en costas.
Concepción, once de febrero de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 35 y siguientes, con fecha 07 de junio de 2013, comparece don Alfonso Valdés Hueche, cédula nacional de identidad número 12.100.202-7, en representación procesal de don Omar Figueroa Troncoso, cedula nacional de identidad número 3.980.421 -3, ambos domiciliados para estos efectos en calle Aníbal Pinto, número 215, oficina 901, Concepción, quien viene en interponer reclamo en conformidad a las normas del libro III, título I I, artículos 123 y siguientes del Código Tributario en contra de las Liquidaciones N °s 11.794 y 11.795, emitidas por el Departamento de Fiscalización de la VIII Dirección Regional Concepción del Servicio de Impuestos Internos, notificadas por cédula con fecha 18 de febrero de 2013. Indica el reclamante, que el Servicio de Impuestos Internos le ha notificado a su representado dos liquidaciones de impuestos por concepto de Impuesto de Primera C ategoría y Global C omplementario ascendentes a la suma de $110.670 .629, en la que se encuentran considerados reajustes e intereses, cuyo fundamento se encuentran en lo dispuesto en los artículos 70 y 71 de la Ley de Impuesto a la Renta, en orden a que presume que don Omar Figueroa Troncoso habría obtenido rentas clasificadas en el N° 3 del artículo 20 de la Ley de la Renta, ascendentes a $256.250.000, que habría empleado con fecha 20.04.2011 en la adquisición de cuotas de fondos mutuos BCI Management Administradora General de Fondos Mutuos.
Continúa señalando que, en cuanto a la notificación de las liquidaciones, estas adolecen de un vicio insalvable, toda vez que en el referido comprobante la fiscalizadora actuante indica que notifica dos liquidaciones emitidas el 15.02.2013, desconociend o el contribuyente el contenido de dichas liquidaciones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.