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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA AVILA Y FELLAY LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 14-02-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE Ha Lugar Modificatorio
Tribunal acoge reclamo de avalúo de bien raíz: elimina clasificación de sitio eriazo y sobretasa por falta de urbanización definitiva de obras.
Inmobiliaria Ávila y Fellay Limitada reclama el reavalúo del inmueble Rol N°101-043 ubicado en Esperanza Lote G1-B, San Pablo. El terreno fue adquirido en septiembre de 2011 a $98.400.000. En 2013, el SII lo reavalúa en $729.308.000 y lo clasifica como sitio eriazo no agrícola, aplicando sobretasa del 100%. El contribuyente contaba con permiso de edificación municipal de octubre 2012 para construir 137 viviendas y había iniciado obras. Alega error en clasificación, pues el terreno estaba en proceso de urbanización y construcción, no abandonado.
El tribunal analiza que la sobretasa del artículo 8 de la Ley 17.235 solo procede en áreas urbanas completamente urbanizadas, requiriendo la recepción definitiva total o parcial de obras de urbanización. Distingue entre 'Permiso de Edificación' y 'Permiso de Urbanización' conforme a la Ordenanza de Urbanismo y Construcciones. Concluye que el lote se encuentra en categoría 'urbanizable' (dentro del plano regulador pero sin urbanización completada), donde no rige la sobretasa. Sostiene que la finalidad de la sobretasa es sancionar el abandono de propiedades, situación inexistente aquí pues el ac
Acoge el reclamo en todas sus partes. Elimina la calificación de sitio eriazo y deja sin efecto la sobretasa. Fija la contribución total a pagar en $2.233.506 pesos para primer semestre 2013. Exime del pago de costas al SII por tener motivo plausible para litigar.
Puerto Montt, catorce de febrero de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Roberto Ávila Bedecarratz, RUT N°7.017.253-4, abogado, domiciliado en calle O 'Higgins N°1271, Osorno, en representación de Inmobiliaria Ávila y Fellay Limitada, RUT N°77.110.000-7, sociedad del giro de su denominación, con domicilio en calle Bulnes N° 671, 2° piso , Osorno; quien interpone reclamo tributario de avalúo de bienes raíces en contra del Servicio de Impuestos Internos, por el reavalúo del inmueble Rol N°101-043, ubicado en Esperanza Lote G1-B de la comuna de San Pablo, solicitando se modifique la clasificación del predio, eliminando el carácter de eriazo y, en consecuencia, la sobretasa aplicada, fijando la contribución neta determinada en la suma de $2. 187.924 pesos y la sobretasa del 0.025% en $45.582 pesos, dando en definitiva una contribución total de $2.233.506 pesos o lo que el Tribunal determine conforme al mérito del proceso. Funda su solicitud en la causal del artículo 149 N° 2 del Código Tributario.
Como fundamento de su petición, el contribuyente s eñala que en febrero de l año 2013 fue informado por el Servicio de Impuestos Internos del reavalúo de un bien raíz de su propiedad ubicado en Esperanza Lote G1 -B, Rol N°101-043, de la comuna de San Pablo, destinado según los registros del Servicio de Impuestos Internos a sitio eriazo, avalúo que a contar del 1 de enero de 2013 es de $729.308.000, en relación a una superficie de terreno de 32.800 metros cuadrados, sin superficie de construcción. Conforme lo anterior , señala la reclamante que se fijó como monto total a pagar, en cada cuota trimestral de contribuciones del primer semestre de 2013, la suma de $4.421.430, por aplicación de una sobretasa de 0,25% a beneficio fiscal y del 100% de la contribución neta a sitios no edificados y urbanizados, propiedades abandonadas y pozos lastreros.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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