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Tribunal · solo Pro
SII con MUEBLES MM LIMITADA
Fecha: 28-03-2014 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Javier Eduardo Alarcón Rojas
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal acoge denuncia por utilización indebida de crédito fiscal mediante facturas electrónicas ideológicamente falsas, condenando a multa de 68,971 UTM equivalente al 100% del perjuicio fiscal de $2.845.966.
MUEBLES MM LTDA., contribuyente de IVA y renta de primera categoría dedicada a venta de muebles y materiales de construcción, registró en su contabilidad facturas electrónicas de tres proveedores (Susan Ivon Concha González, Romina Genesis Morales Melín y Camila Francisca Muñoz Miranda) emitidas entre enero y marzo de 2013. Dichos proveedores declararon ante el SII que fueron pagados para prestar servicios de facilitación de facturas falsas y que las operaciones comerciales registradas nunca ocurrieron. La contribuyente no acreditó la efectividad de las operaciones ni formas de pago, e incumpl
El tribunal establece que la contribuyente realizó maniobras maliciosas tendientes a aumentar indebidamente sus créditos fiscales de IVA mediante contabilización de facturas ideológicamente falsas que dan cuenta de operaciones ficticias. Se acreditó la falsificación mediante declaraciones juradas de los presuntos proveedores ante funcionarios del SII (ministros de fe tributarios), quienes reconocieron haber recibido pagos por facilitación de facturas y que no realizaron operaciones reales. El registro de estas facturas en libros contables y su utilización en declaraciones de IVA constituye con
Se acoge Acta de Denuncia N°1. Se condena a MUEBLES MM LTDA. RUT 76.190.998-3 al pago de multa de 68,971 UTM (equivalente al 100% del perjuicio de $2.845.966 en IVA), por infracción consumada en calidad de autora del artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario. Se ordena al SII emitir giro de la multa una vez ejecutoriada la sentencia.
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RIT: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro
Santiago, veintiocho de marzo de dos mil catorce.
VISTOS:
Uno.- Que a fojas 1 y siguientes consta el Acta de Denuncia Nº 1, de fecha 17 de febrero de 2014, notificada personalmente en la misma fecha a doña Margarita Alejandra Ormazábal Veliz , representante le gal de la c ontribuyente denunciada, esto es, MUEBLES MM LTDA. RUT: 76.190.998 -3, ambos con domicilio en calle Franklin N°596, comuna y ciudad de Santiago, por haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 Nº 4, inciso segundo del Código Tributario, consistente en la utilización indebida del IVA crédito Fiscal imputado al IVA débito fiscal del mes, al registrarse facturas de ventas electrónicas falsas con su contabilidad, conforme los siguientes fundamentos de hecho y de derecho que expone respecto de cada proveedor:
I. CONDUCTA CONSTITUTIVA DE LA INFRACCIÓN.-
A) HECHOS.-
El Informe de Recopilación de Antecedentes N° 252-6 de fecha 02 de diciembre del 2013 suscrito por la fiscalizadora Yessica Morales Carrasco, da cuenta de las irregularidades detectadas a la contribuyente MUEBLES MM LIMITADA, RUT N° 76.190.998-3 representada legalmente por doña Margarita Alejandra Ormazábal Veliz, RUT N° 11.882.578-0. Dicha sociedad tiene inicio actividades desde el 28.05.2012, con los giros de Venta Al Por Mayor De Muebles, Venta Al Por Mayor De Materiales De Construcción, Venta Al Por Menor De Muebles; Incluye Colchones . Dichas actividades comerciales se encuentran afectas al Impuesto al Valor Agregado, contenido en el DL Nº 825, y al Impuesto a la Renta, contenido en el DL Nº 824. Es decir, es un contribuyente sujeto al régimen general de tributación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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