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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES CEMENTO BIO BIO S.A. con SII
Fecha: 25-04-2014 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Inversiones Cementos Bio Bio contra liquidación de renta 2012, rechazando intereses a relacionadas y diferencia de cambio, pero aceptando intereses en moneda nacional por insuficiencia probatoria del SII.
El SII emitió Liquidación n°13010 de abril 2013 rechazando gastos por $893,8 millones: intereses a matriz Cementos Bio Bio ($656,7M), diferencia de cambio por deuda en dólares con Inmobiliaria Cisa ($202M) e intereses en moneda nacional ($35,1M). El reclamante acreditó mediante reconocimientos de deuda, contrato de cash pooling, contratos de compraventa de inmuebles y acciones que los fondos fueron destinados a generar rentas de primera categoría.
El tribunal rechazó los intereses a relacionadas por falta de acreditación de la deuda original: los reconocimientos de deuda datan de más de diez años después del supuesto origen de las obligaciones, carecen de tasa de interés fija y son instrumentos privados insuficientes. Respecto de la diferencia de cambio, señaló que la deuda contraída el 15 julio 2011 no existía al 31 diciembre 2011 (fecha del balance) y además fue inmediatamente compensada con la venta de acciones, por lo que no generó rentas. En cuanto a intereses en moneda nacional, el tribunal estimó suficientemente acreditados media
Se acoge parcialmente la reclamación: se rechaza el rechazo de intereses en moneda nacional ($35,1M), confirmándose los demás rechazos de gastos. Se modifica la Resolución Exenta n°3215 de devolución de PPUA solo por efecto de la reliquidación parcial. Se condena en costas.
1
Concepción, veinticinco de abril de dos mil catorce.
VISTOS:
Que, a fojas 310 y siguientes, con fecha 26 de julio de 2013, comparece don Hugo Tapia Krug, abogado, en representación de Inversiones Cementos Bio Bio S.A., RUT 96.588.240 -5, quien interpone reclamo tributario en contra de la Liquidación n°13010, de 8 de abril de 2013, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, conforme a los siguientes argumentos:
Antecedentes:
Señala que producto de la revisión de la declaración de impuesto a la renta presentada el año tributario 2012, se determinó la existencia de diferencias por concepto de i mpuesto a la renta de p rimera categoría, lo cual motivó la emisión de la Citación n° 2824, de 14 de febrero de 2013. Agrega que con fecha 8 de abril de 2013, el Servicio de Impuestos Internos emitió la Liquidación n °13010, mediante la cual determinó diferencias al impuesto a la renta de primera categoría, correspondiente al año tributario 2 012, y que constituye el acto que es objeto de la presente reclamación.
Indica que en dicha liquidación, el Servicio procede a rechazar ciertos gastos que corresponden a los siguientes conceptos y montos: a. Intereses pagados a relacionadas, por $656.681.406. b. Diferencia de cambio empresa relacionada, por $201.983.893. c. Intereses en moneda nacional, por $35.126.946.
Señala que como consecuencia del rechazo de los gastos anteriormente indicados, el resultado de pérdida tributaria declarado por Inversiones Cementos Bio Bio S.A., es revertido, determinándose una 2 renta líquida imponible de $177.089.553, y consecuencialmente un impuesto a pagar de $35.904.798, que con reajustes e intereses asciende a $42.918.441.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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