Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
LENIZ GARCIA con SII
Fecha: 08-07-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente por no emisión de boleta en fecha de percepción del pago. Tribunal confirma infracción al artículo 97 N°10 del CT y aplica multa del 100% del monto de la operación.
Ana María Leniz García, pequeña empresaria, fue denunciada por no emitir boleta por servicio de retapizado de sillas por $352.000. La cliente pagó mediante dos cheques el 11 de octubre y 11 de diciembre de 2013. Leniz García alegó haber emitido boleta el 11 de diciembre de 2013. SII acreditó que el primer cheque fue cobrado el 11 de octubre de 2013, fecha en que debió emitirse la boleta según norma de IVA. El segundo cheque fue rechazado por orden de no pago.
El tribunal analizó el artículo 55 del DL 825 que exige emitir boleta en servicios al momento que la remuneración se perciba o se ponga a disposición del prestador. Concluyó que el pago se puso a disposición el 11 de octubre de 2013 al entregar el primer cheque, siendo irrelevante que fuera cobrado después. La boleta del 11 de diciembre no cumple la obligación legal. Evaluó circunstancias agravantes (cultura, conocimiento de obligación, perjuicio fiscal) versus atenuantes (cooperación), determinando prevalencia de agravantes para aplicar sanción intermedia.
Se rechaza el reclamo y confirma notificación de infracción N°1230343. Se aplica multa del 100% del monto de la operación ($352.000) sin clausura. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
1
Concepción, ocho de julio de dos mil catorce.
VISTOS:
Que, a fojas 3 y siguiente, con fecha 05 de marzo de 2014, comparece doña Ana María Leniz García, pequeña empresaria, domiciliada en calle Víctor Lamas, n° 209, de la ciudad de Concepción, quien deduce reclamo en contra de la notificación de Infracción n° 1230343 , de fecha 19 de febrero de 2014 , practicada por funcionarios fiscalizadores de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, conforme a los siguientes argumentos:
Indica el reclamante que, ha sido notificada de una infracción tributaria contenida en el n° 10 del artículo 97 del Código Tributario a raíz de una denuncia realizada por doña Elizabeth Furst, relativa a la no emisión de la boleta correspondiente y realización del trabajo en su tienda Alhambra.
Prosigue su relato señalando que, lo que se denuncia respecto de la boleta no es efectivo, ya que dicho documento consistente en un pedido de retapizado de seis sillas y sillones, de costo total $ 352.000, pagados en dos cheques de $176.000 cada uno, fue emitido el 11 de diciembre de 2013, pero que involuntariamente no se le entregó a la clienta en dicha oportunidad.
Recalca enseguida, que el servicio contratado no fue realizado, ya que no pudo retirar del domicilio de la cliente los muebles para su reparación, encontrándose a los días siguientes con la sorpresa que la clienta había dado orden de no pago al segundo cheque por la suma de $176.000; de manera que –continua-frente a esta actitud de la clienta y no teniendo más noticias de ella, no se retiraron los muebles para hacer el trabajo.
Finaliza solicitando tener por interpuesto el reclamo tributario y en consecuencia se le absuelva de toda sanción, o, en subsidio, se le aplique la menor pena posible.
A fojas 09, con fecha 03 de abril de 2014, se confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos para contestar el reclamo interpuesto. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.