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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD AGRICOLA Y GANADERA LACTEOS TRONADOR LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 20-08-2014 · Materia: Resolución · Juez: christian_marcel_allen_rojas
HA LUGAR EN PARTE+1.000M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de contribuyente contra rebaja de crédito fiscal de IVA y agregado a renta, reconociendo derecho a crédito por bienes muebles y desestimando parte del agregado.
Sociedad Agrícola Lácteos Tronador solicitó devolución de remanente de crédito fiscal de IVA por adquisición de bienes para activo fijo conforme artículo 27 bis DL 825. El SII autorizó devolución parcial en mayo 2012. Posteriormente, mediante Resolución 1662 de abril 2013, rebajó el remanente por $1.319.225.296 y agregó $37.858.119 a la renta líquida 2012, argumentando que ciertos bienes eran inmuebles sin derecho a crédito fiscal. Contribuyente reclama alegando que los bienes son muebles que conservan su individualidad y pueden separarse del inmueble.
El Tribunal analiza la clasificación civil de bienes muebles e inmuebles conforme artículos 566 a 572 del Código Civil. Acoge el argumento del contribuyente respecto a cartelería, cercos, bebederos, comederos, corrales y muebles, que mantienen su naturaleza mueble por su capacidad de separación. Rechaza reclamo por infraestructura, instalaciones y construcciones (calles, salas ordeña, casas, bodegas, silos y praderas) que constituyen inmuebles por naturaleza o por adhesión permanente al suelo. Respecto al agregado a renta, el Tribunal valida $31.729.188 en documentación presentada (facturas re
Ha lugar en parte. Se modifica Resolución 1662 reconociendo crédito fiscal por $164.120.866 en mayo 2011 y dejando sin efecto agregado a renta de $31.729.188. Se reduce rebaja total de remanente a $1.155.104.430 y agregado final a $6.128.931. Se exime de costas por ser parcialmente vencida.
Puerto Montt, veinte de agosto de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Marcelo Domínguez Palominos, RUT N° 10.351.859 -8, contador auditor, en representación de Sociedad Agrícola y Ganadera Lácteos Tronador Limitada, RUT N° 76.132.957 -K, ambos domiciliados en Quillota N° 175, oficinas 1106 y 1107, Puerto Montt; quien interpone reclamo tributario en contra de la Resolución EX. SII N° 1662, de fecha 15 de abril de 2013 emitida por la Dirección Regional Puerto Montt, que rebaja el remanente del crédito fiscal solicitado por un monto total de $1.319.225.2 96 pesos, y que agrega a la renta líquida imponible correspondiente al año tributario 2012 la suma de $37.858.119 pesos, solicitando que se deje sin efecto sobre la base de los argumentos de hecho y derecho que a continuación que se expone.
El contribuyente relata, que la sociedad tenía acumulados más de seis meses consecutivos de remanente de IVA Crédito Fiscal originados por la adquisición de bienes corporales muebles o inmuebles destinados a formar parte del Activo Fijo, determinado de acuerdo a las normas del artículo 23 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Que con fecha 29 de marzo de 2012 presentó ante el Servicio de Impuestos Internos, unidad de Osorno, la solicitud de devolución por el artículo 27 bis del D.L. 825, según consta en los Formularios 3280 folios N° 109926 y N° 119451, pidiendo una devolución de 32.441,85 UTM.
Agrega que el Servicio de Impuestos Internos resolvió con fecha 28 de mayo del año 2012, a través del Ordinario N° 166, que la devolución solicitada se aceptaba en parte, autorizando a la Tesorería General de la República a devolver sólo 9.088,03 UTM.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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