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Tribunal · solo Pro
BARRERA CESAREO con SII
Fecha: 12-09-2014 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones de renta por $14.395.087. SII aplicó artículo 35 LIR al no acreditarse ingresos declarados; contribuyente no presentó antecedentes en fiscalización.
Javier Alejandro Barrera Cesareo, actor de profesión, reclamó contra liquidaciones 587-2 y 588-2 del SII por año tributario 2010. El SII cuestionó retenciones por $7.408.645 declaradas en códigos 492 y 619 del formulario 22, inconsistentes con información de agentes retenedores. SII citó al contribuyente para acreditar documentación contable. Barrera alegó que su contador cometió error al declarar $48.000.000 en honorarios y retenciones que nunca percibió, demostrando mediante informe SII que no emitió boletas de honorarios en 2009. Sostuvo desconocimiento de normativa tributaria y que no hubo
El tribunal confirmó que el SII está obligado a fundamentar sus actos administrativos. Reconoció que al no acompañarse antecedentes en sede administrativa, la aplicación del artículo 35 LIR resulta procedente cuando no puede determinarse claramente la renta líquida imponible. Destacó que la carga de prueba recae en el contribuyente para acreditar antecedentes que desvirtúen la posición fiscal. El tribunal enfatizó la responsabilidad del contribuyente de mantenerse informado de su situación tributaria y de concurrir en sede administrativa previamente. Consideró que el reclamante no presentó pru
Se rechazó el reclamo de Javier Alejandro Barrera Cesareo. Se confirmaron las liquidaciones 587-2 y 588-2 del 30 de julio de 2013 emitidas por el SII. No se condenó en costas por existir motivo plausible para litigar.
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“JAVIER ALEJANDRO BARRERA CESAREO con SII, DIRECCIÓN REGIONAL
SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
LAPM/psm
SANTIAGO, A DOCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.
VISTOS:
Que, con fecha 19 de noviembre de 2013, a fojas 1 y siguientes comparece don JAVIER ALEJANDRO BARRERA CESAREO (en adelante “el Reclamante”), Actor, RUT 13.915.669-2, domiciliado en calle Dominica número 517, departamento N° 410, Comuna de Recoleta quien encontrándose dentro de plazo legal interpuso reclamo tributario en contra de las liquidaciones número 587-2 y 588-2 de fecha 30 de julio de 2013, respecto de la operación renta, año 2010, ambas emitidas por la XIII DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (en adelante “el Servicio o la Reclamada”) , quien le liquidó impuestos por un monto de $ 14.395.087 en virtud de lo establecido en el artículo 35 de la Ley sobre Impuesto a la Renta que dice relación con la facultad de presumir para determinar la Renta Mínima de Primera Categoría Imponible, y que solicitó ordenar en definitiva dejar sin efecto las liquidaciones practicadas en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que pasa a exponer a continuación:
LOS HECHOS 1.- ACTIVIDADES PROFESIONALES REALIZADAS
Comienza señalando que en el año 2003 egres ó como actor de la Escuela de teatro. De esa fecha en adelante se ha dedicado a hacer teatro popular, teatro callejero, teatro de prevención y entretención.
Agrega que c on mucho esfuerzo ha tratado de vivir de este difícil oficio en este país. Comenta que h ace algunos años trabajó con un grupo de actores en una compañía denominada Expedición Teatral, en conjunto con quienes ha participado 2 en la creación de obras, las cuales si bien no siempre han sido rentables les han producido innumerables satisfacciones. 2.- DE LAS LIQUIDACIONES EFECTUADAS POR EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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