Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
GIACOMOZZI CONTRERAS con SII
Fecha: 29-09-2014 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA
Reclamación contra liquidaciones del IGC por rechazo de facturas no fidedignas de una EIRL. El contribuyente cuestiona la calificación como retiro presunto y la falta de fundamento legal de las liquidaciones.
Reinaldo Giacomozzi Contreras, propietario de la EIRL Forestal Nueva Centinela, fue citado por el SII para rectificar sus declaraciones tributarias. La administración rechazó crédito fiscal de IVA por facturas no fidedignas que no cumplían requisitos del artículo 25 del DL 825, calificando los gastos como retiros presuntos. Estos fueron agregados a su base imponible del impuesto global complementario por $32.334.214, afectando múltiples períodos tributarios de 2010 a 2012.
El tribunal analiza si los gastos rechazados por facturas no fidedignas pueden ser calificados como retiros presuntos conforme al artículo 21 de la LIR. El contribuyente sostiene que no concurren los elementos constitutivos: no hay incremento patrimonial de la persona natural, beneficio encubierto, ni desembolso financiero real. Cuestiona la aplicación de las normas sobre retiros presuntos cuando no se autoriza el pago conforme al artículo 23 N°5 del DL 825, argumentando contradicción: se rechaza la forma de pago pero se reconoce desembolso. Además, denuncia nulidad de las liquidaciones por fa
El fallo no especifica en el fragmento proporcionado la resolución final. Se requiere acceso a la parte dispositiva completa del tribunal para determinar si acogió o rechazó la reclamación.
Temuco, veintinueve de septiembre de dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don REINALDO RODRIGO
GIACOMOZZI CONTRERAS , factor de comercio, cédula de identidad N°11.988.293-1, domiciliado en calle Hurtado N° 544 de la ciudad de Purén, quien representado por el abogado don EDUARDO ALAMOS VERA , domiciliado para estos efectos en calle Varas N° 687, oficina 909, Temuco, interpone reclamo en contra de las Liquidaciones N° 32 a 41 , de 8 de julio de 2013, emitidas por la IX Dirección Regional del S ervicio de Impuestos Internos, Unidad de Angol, en las cuales se han determinado diferencias por concepto de Impuesto Global Complementario y reintegro de devoluciones de impuesto calificadas como indebidas , por las sumas que en ellas se indica. Funda su libelo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:
I.- Antecedentes en relación a los hechos fiscalizados.
Manifiesta que mediante citación establecida en el artículo 63 del Código Tributario , y en su calidad de propietario único de la empresa “Forestal Nueva Centinela Reinaldo Rodrigo Giacomozzi Contreras E.I.R.L., RUT N° 52.003.555-9, se le manifestó que debía rectificar sus declaraciones de impuestos producto de los gastos rechazados determinados a dicha empresa, y que consistieron en la impugnación del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la utilización de facturas no fidedignas y por no cumplir los requisitos del artículo 25 del Decreto Ley N° 825.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.