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Tribunal · solo Pro
GRANIER BULNES y otros con SII
Fecha: 09-10-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de reavalúo por falta de acreditación de errores en superficie del terreno común ni en aplicación de coeficiente comercial, confirmando avalúo de $79.186.480.
Propietarios de local comercial N°2 en edificio ubicado en Avenida Ricardo Lyon 146, Providencia, reciben reavalúo de $79.186.480 en 2013. Reclaman ante SII alegando: (1) error en determinación de superficie del bien común (sostienen 1.460,31 m² en lugar de 1.477 m²), y (2) aplicación errónea de coeficiente comercial de 2,50 cuando debería ser 1,25 por ubicación en soterramiento. Solicitan reducción del avalúo a $65.671.387.
Tribunal analiza prueba bajo regla de sana crítica. Respecto a superficie: desestima informe técnico de reclamante por falta de claridad metodológica; acredita mediante plano de subdivisión municipal de 1980 y documentos de expropiación que superficie original fue 1.683,80 m² menos 206,30 m² de expropiación, resultando 1.477,5 m², concordante con avalúo cuestionado. Respecto a coeficiente comercial: acredita que local está en primer piso/primer nivel (acceso principal del edificio), solo 60-70 cm bajo nivel de vereda; Resolución 132 exige ubicación en piso distinto al de acceso para aplicar fa
Se rechaza íntegramente reclamo de reavalúo presentado por propietarios del local comercial rol 632-345 en Avenida Ricardo Lyon 146, confirmando avalúo fiscal de $79.186.480. Se condena en costas a reclamante.
“GRANIER BULNES, MARIA JOSEFINA Y OTROS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N°Rol · solo Pro
Santiago, nueve de octubre de dos mil catorce.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Luis Enrique Corrada Vera, abogado, RUT N°8.623.974-4, en representación de doña María Josefina, doña Luz Elena y don José Luis Hernán, todos de apellidos Granier Bulnes , con domicilio en calle Moneda N°920, oficina 501, comuna de Santiago, deduciendo reclamo en contra del reavalúo del bien raíz no habitacional, local comercial N°2 del Edificio ubicado en Avenida Ricardo Lyon N°146, signado por el Servicio de Impuestos Internos como Ricardo Lyon N°140, rol de avalúo fiscal 632-345 de la comuna de Providencia, invocando las causales previstas en el artículo 149 N° 1 y 2 del Código Tributario, conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que expone.
En un primer capítulo de su libelo de reclamo, expone los hechos, relatando que en febrero de 2013, sus representados recibieron una comunicación del Servicio de Impuestos Internos, en que se señala la determinación del nuevo avalúo del inmueble de su propiedad ya individualizado.
Expresa que la referida comunicación señala que su nuevo avalúo a contar del 1° de enero de 2013 es de $79.186.480 y que la propiedad se mantiene afecta al pago de contribuciones, conforme al detalle que transcribe.
Explica que el reavalúo del mencionado inmueble ha sido calculado incorrectamente, ya que ha existido una determinación errónea de su superficie en relación al bien común donde se emplaza, así como una aplicación errónea de las tablas de clasificación, que son las causales para reclamar establecidas en los numerales primero y segundo del artículo 149 del Código Tributario.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
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