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Tribunal · solo Pro
Balocchi Vásquez con SII
Fecha: 20-10-2014 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones del SII: confirma rechazo de crédito fiscal por factura no fidedigna (IVA), pero deja sin efecto cobros de impuesto a la renta por insuficiencia probatoria.
Contribuyente Carlos Balocchi Vásquez, factor de comercio, fue fiscalizado por el SII respecto de compras realizadas al proveedor Germán Apablaza durante 2009-2010. Se cuestionó la factura N°0345 de febrero 2010 por arriendo de excavadora sin combustible por $8 millones. El SII la calificó como no fidedigna por falta de acreditación de costos operacionales y patrimonio del proveedor, rechazando el crédito fiscal. Se emitieron liquidaciones N°29 (IVA), N°30 (Impuesto 1ª Categoría) y N°31 (Reintegro art. 97 LIR) el 26 de junio 2013.
El tribunal analiza tres cuestiones: (1) Cumplimiento de plazos del art. 59 CT: rechaza alegación de vulneración, entendiendo que la citación N°2/2013 se practicó dentro de los 9 meses desde la respuesta incompleta del contribuyente a requerimiento conforme Ley 18.320. (2) Fidedignidad de la factura N°0345: ratifica el criterio del SII en cuanto a que no se acreditó la efectividad material de la operación ni su forma de pago, por lo que procede rechazar el crédito fiscal conforme art. 23 N°5 DL 825 e IVA. (3) Liquidaciones de impuesto a la renta: aunque el registro en libros menciona el monto,
Acoge parcialmente el reclamo: rechaza alegación sobre art. 59 CT; confirma liquidación N°29 de IVA; deja sin efecto liquidaciones N°30 (Impuesto 1ª Categoría) y N°31 (Reintegro art. 97 LIR). Sin condena en costas por acogimiento parcial.
Temuco, veinte de octubre de dos mil catorce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don VÍCTOR MANUEL
SANHUEZA GUTIÉRREZ, abogado, domiciliado en calle Tucapel N°401 de la comuna de Angol, en representación del contribuyente CARLOS ERNESTO BALOCCHI VÁSQUEZ, factor de comercio, cédula de identidad N°4.765.090 -9, domiciliado en Sitio 5 sector La Mona Km. 8, Angol -Renaico, comuna de Angol, quien interpone reclamo en contra de la s Liquidaciones números 29, 30 y 31 de 26 de junio de 2013 593 por diferencias de Impuesto al Valor Agregado, período de febrero de 2010; Impuesto a la Renta del año tributario 2011; y Reintegro artículo 97 de la Ley de la Renta por el año tributario 2011, notificadas con fecha 27 de junio de 201 3 por el Servicio de Impuestos Internos, solicitando se acoja la reclamación y se deje n sin efecto las liquidaciones en base a los siguientes argumentos:
Manifiesta en primer término que el Servicio de Impuestos Internos pretende que el contribuyente se haga cargo de rendir pruebas sobre acciones propias del proveedor. Señala que el proceso de verificación de actividades en terreno obliga al Servicio a constatar de la manera más certera que las actividades que ha declarado el contribuyente pueden desarrollarse con los medios adecuados.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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