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Tribunal · solo Pro
HINZPETER S.P.A. con SII
Fecha: 28-10-2014 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Hinzpeter S.P.A. contra liquidación de impuesto adicional del artículo 21 LIR, anulando resolución por errores en determinación de ingresos, aplicación de tasa incorrecta y vicio en calificación jurídica de la sociedad.
Hinzpeter S.P.A., sociedad de responsabilidad limitada durante 2009 (AT 2010), fue auditada por el SII. Se emitió Liquidación N° 475-2 de 29 de julio de 2013, determinando diferencia de impuesto adicional de $29.876.571 sobre base de $173.006.719 en ingresos. La reclamante afirma haber facturado efectivamente solo $69.250.000. Presentó Solicitud de RAF el 20 de agosto de 2013 con documentación contable completa, que fue denegada por Resolución Exenta N° 30077 de 23 de octubre de 2013.
El Tribunal estimó que la Liquidación incurrió en múltiples errores: (1) aplicó erróneamente impuesto adicional del artículo 21 N° 2 LIR a sociedad de responsabilidad limitada reputándola anónima; (2) determinó ingresos de $173.006.719 sin sustento ni explicación de sus bases; (3) utilizó tasa de 43,1% sobre ingresos totales en lugar de 35% sobre renta líquida imponible; (4) prescindió de documentación contable sin justificar falta de fidedignidad; (5) el cálculo resultó inconsistente e irreal frente a facturación real. El Tribunal reafirmó competencia para revisar legalidad y fundamentos fáct
Se acogió el reclamo. Se dejó sin efecto en todas sus partes la Liquidación N° 475-2 de 29 de julio de 2013. Se rechazó incidente de exclusión de prueba del SII. No se condenó en costas al Servicio de Impuestos Internos por motivos plausibles para litigar.
1
“HINZPETER SPA con S ERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN
REGIONAL SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
LAPM/eci
Santiago, veintiocho de octubre de dos mil catorce.
VISTOS:
Que a fojas 01 don José Hinzpeter González, abogado, en representación de la sociedad HINZPETER S.P.A. (en adelante la Sociedad o la reclamante), Rol Único Tributario 77.436.320-3, ambos domiciliados en calle Miraflores N° 222 , piso 7, Santiago, deduciendo reclamo en contra de la Resolución Ex. N° 30077, de fecha 23 de octubre de 2013, y notificada con fecha 30 de julio de 201 3, emanada del Jefe del Departamento de Procedimientos Administrativos Tributarios XIII D.R.M. de Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, mediante la cual dicho servicio denegó la Reposición Administrativa Voluntaria, presentada con fecha 20 de agosto de 2013.
Señala que como resultado de una auditoría tributaria -para la cual el SII señala haber notificado a su representada la Citación N° 170-2 con fecha 29 de abril de 2013- se emitió la Liquidación N° 475-2, de fecha 29 de julio de 2013, la que expresa en sus antecedentes que se le habría notificado la citación antedicha a su representada. Agrega que dicha auditoría dice relación con el movimiento de ingresos, gastos y resultados del ejercicio comercial 2009, correspondiente al AT 2010, en base a la cual el Servicio de Impuestos Internos emitió la Liquidación antedicha, que establece que se habría determinado una diferencia de Impuesto a la Renta, en contra de su representada por $ 29.876.571. -, correspondiente al AT 2010.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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