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Tribunal · solo Pro
TRANSPORTES EDUARDO ZAMBRANO E. I. R. L con SII
Fecha: 11-11-2014 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de empresa transportista por infracción al art. 97 N°10 CT por omitir cantidad de metros en guía de despacho, pero rebaja multa de 500% a 50% considerando atenuantes.
El 27 de agosto de 2014, fiscalizadores del SII inspeccionan camión placa SL 1248 en control carretero de Cañete. El conductor, representante legal de Transportes Eduardo Zambrano E.I.R.L., exhibe guía de despacho N°000038 que no detalla la cantidad de metros ruma de madera Eucaliptus Globulus transportada. Se cursa infracción F 3294 folio 1076806 por monto de $1.028.160. La empresa reclama argumentando ignorancia tributaria, ausencia de dolo y que el impuesto fue enterado en arcas fiscales.
El tribunal constata infracción acreditada al art. 97 N°10 CT, pues la guía de despacho no cumple requisitos del art. 55 DL 825 y art. 70 DS 55/1977. Descarta dolo del contribuyente por falta de prueba de intención de causar perjuicio fiscal. Rechaza agravante de grado de cultura sin probanza. Considera cuatro atenuantes: primera infracción, colaboración en fiscalización, ausencia de perjuicio fiscal (declaración F29 indica impuesto enterado), y desconocimiento normativo. Desestima clausura por inaplicable a vehículos de transporte. Rechaza solicitud de dejar sin efecto la infracción.
Se rechaza la reclamación y confirma la infracción. Se rebaja la multa del 500% solicitado al 50% del monto de la operación ($514.080). Se ordena el giro de la multa sin clausura. Se declara sin costas por existir motivos plausibles para litigar.
Concepción, once de noviembre de dos mil catorce.
Vistos:
A fojas 17 y siguientes comparece don Gabriel Macheo Hormazábal, Rut n.° 13.627.890-8, abogado, domiciliado en avenida Ignacio Carrera Pinto n°. 536, oficina n.° 8, comuna de Los Alamos en representación procesal de la empresa TRANSPORTES EDUARDO ZAMBRANO E.I.R.L ., Rut n.° 76.330.875-8, representada legalmente por don Eduardo Isaac Zambrano Quintana, Rut n° 12.330.673 -2, ambos domiciliados en San Ramón s/n°, comuna de Tirúa , quien interpone reclamación en conformidad al procedimiento especial para la aplicación de ciertas multas, en contra de la notificación de infracción F 3294, folio N° 1076806, de fecha 27 de agosto de 2014, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. Al efecto, estructura su defensa conforme los siguientes argumentos:
1. En primer término manifiesta que según consta en la divisa infraccional – que rola a fs . 1 - el representante legal de la empresa en referencia transportaba en el ca mión placa patente SL 1248 y carro JC 1413, una cantidad indeterminada de me tros ruma de Eucaliptus Globulus de 2.44 metros de largo, amparados con la guía de despacho n° 000038 a nombre de su representada, s in indicar este documento tributario la cantidad de metros que transportaba.
2. Seguidamente señala que la guía de despacho n° 000038 no indicaba la cantidad de metros ruma transportado, aduciendo ignorancia de la normativa tributaria.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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