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Tribunal · solo Pro
SII con MONTECINO AVILA
Fecha: 27-11-2014 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Se confirma el acta de denuncia por uso malicioso de 12 facturas falsas para aumentar crédito fiscal de IVA, condenando al contribuyente a multa del 250% de los impuestos evadidos.
Julio César Montecino Ávila, agricultor propietario, fue fiscalizado por el SII en octubre 2010 a noviembre 2012. Se detectó que registró y utilizó 12 facturas falsas de 9 proveedores (Iván Canales Burgos, Sociedad Agrícola Santa Carla Ltda., Víctor Borkert Hoffmann, Sociedad Agrícola Velásquez Ltda., José Norambuena Jarpa, Juan Navarrete Muñoz, Javier Garrido Martel, José Seguel Arratia y Agrícola Nova S.A.) para aumentar indebidamente su crédito fiscal del IVA e incorporarlas en sus declaraciones mensuales, reduciendo así su carga tributaria. El perjuicio fiscal ascendió a $9.357.007 en conc
El tribunal constató que todas las facturas impugnadas son falsificaciones: los supuestos proveedores negaron haberlas emitido mediante declaraciones juradas, aportaron documentación que demuestra que las verdaderas facturas fueron emitidas a terceros en fechas y montos distintos, o bien sus facturas se encontraban anuladas. Se estableció conducta sistemática y maliciosa durante 12 períodos tributarios. El denunciado no aportó antecedentes que demostraran la efectividad de las operaciones ni colaboró adecuadamente en la investigación. La conducta encuadra claramente en el artículo 97 N°4 incis
Se confirma el Acta de Denuncia N°3 por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Se condena al denunciado a pagar multa de $23.925.517 (equivalente al 250% de los impuestos evadidos). Se condena en costas.
Temuco, veintisiete de noviembre de 2014.-
VISTOS:
1.- El Acta de Denuncia Nº 3, emitida por el Servicio de Impuestos Internos el 8 de noviembre de 2013 y notificada por cédula en la misma fecha a don JULIO CESAR MONTECINO AVILA , cédula de identidad Nº 4.394.310-3, con giro de agricultor propietario, con domicilio en Las Violetas, parcela N° 20, Lote 1 y 1B, Km. 1, comuna de Nueva Imperial, por su responsabilidad en la comisión de la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 4, inciso segundo del Código Tributario, configurada por el aumento malicioso del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que tenía derecho a hacer valer, mediante la utilización de doce facturas falsas provenientes de nueve supuestos proveedores. 2.- La referida acta de denuncia indica que el contribuyente fue objeto de fiscalización producto de la no declaración de facturas de compra sujetas a retención, detectándose por fiscalizadores del Grupo N° 1 de Personas y Micro - Pequeñas Empresas el registro y utilización por parte del contribuyente de facturas falsas y otros proveedores que no se encontraban declarados. A través de la auditoría contable y tributaria efectuada a la documentación del contribuyente, se pudo establecer que en los períodos auditados , esto es julio de 2010 a noviembre de 2012, el denunciado registró en sus libros de compraventas un total de doce facturas falsas provenientes de nueve supuestos proveedores, de las cuales en el proceso de recopilación de antecedentes acompaño 11 de dicho s documentos, de lo cual se infiere que una de las anotaciones efectuadas en el libro de compraventas no contiene respaldo documentario. En los períodos tributarios indicados, el contribuyente hizo utilización indebida del crédito del Impuesto al Valor Agregado (IVA) recargado en dichas facturas mediante su incorporación en los formularios 29 de los respectivos períodos, reduciendo de esa forma la carga tributaria que debía soportar.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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