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Tribunal · solo Pro
AGRICOLA ARIZTIA LTDA con SII
Fecha: 23-12-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Óscar Meriño Maturana
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de avalúo fiscal de terreno por falta de prueba pertinente que acredite error de cálculo o aplicación errónea de tablas de clasificación. Confirma avalúo del SII.
Agrícola Ariztía Ltda. reclama el reavalúo del inmueble Rol 523-18 de Melipilla, argumentando que el valor fiscal del terreno (0,58 UF/m²) excede el valor comercial de mercado y solicita reducción mediante modificación del Coeficiente Corrector de Terreno a 0,60. El SII sostiene que la tasación fiscal se determinó conforme a tablas de clasificación aplicadas correctamente, basadas en fuentes objetivas de información de precios y transferencias reales, y que la tasación fiscal no debe equipararse al valor comercial.
El Tribunal distingue entre tasación fiscal (busca valor estándar para propiedades similares, carácter masivo, generalmente menor a comercial) y tasación comercial (valor de mercado para transacciones). Aunque ambas pueden diferir, ello no invalida por sí solo la aplicación de las tablas. La Circular 7/2013 establece principios sobre ajustes administrativos por características no consideradas, pero sus principios aplican provisionalmente a este procedimiento judicial. Sin embargo, la reclamante no acompañó documentación pertinente que acredite el valor de mercado del predio ni diferencia signi
Rechaza reclamo de avalúo. Confirma avalúo del bien raíz no agrícola, no habitacional Rol 523-18, Melipilla. No condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
UN a ABAD TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A VEINTITRES DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.
VISTOS:
El escrito de fecha 31 de mayo de 2013, rolante a fojas 1 a 10 de autos, presentado por doña MONICA DEL CARMEN BAEZA CID, RUT
N*8.862.590-0, en representación de AGRICOLA ARIZTIA LIMITADA, RUT N%82.557.000-4, ambos domiciliados para estos efectos en Los Carrera N%444, comuna de Melipilla, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento de Reclamo de los Avalúos de Bienes Raíces establecido en el Código Tributario, en contra del reavalúo asignado al inmueble Rol N*523-18, de la comuna de Melipilla, según lo establecido en la Ley N*17.235, Ley N*%20.455 y Ley N*20.650, efectuado por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos.
En su escrito el contribuyente sostiene, en resumen, que interpone el reclamo fundado en la causal N“2 del artículo 149 del Código Tributario, esto es errores de clasificación.
Expresa que el reclamo se origina en el hecho que el avalúo no se ajusta a la realidad del predio ni a lo dispuesto en la legislación vigente, toda vez que la tasación contiene errores manifiestos de clasificación.
Prosigue haciendo referencia al procedimiento de reavalúo general de los bienes inmuebles urbanos, el que fue realizado en el marco de la Resolución Exenta N*132 del 31 de diciembre del 2012, que también fija definiciones técnicas para la tasación fiscal de las construcciones y terrenos. Agrega que el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SIT) dictó la Circular N“7 del 6 de febrero de 2013, como un mecanismo que permita efectuar los ajustes necesarios a la tasación del terreno de propiedades que presentan características no consideradas por este proceso de reavalúo, así como también, por hechos o situaciones posteriores al mismo y que afecten negativamente al valor del terreno. c2980275- 077f- 4e3e- 8cb6-82345124839f
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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