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Tribunal · solo Pro
ZALAQUETT SANGUINETTI con SII
Fecha: 09-01-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar Modificatorio
Reclamo por liquidación 6254 de 2012 respecto del año tributario 2009. Se cuestiona el rechazo de gastos por depósitos convenidos con trabajadores y la falta de claridad en los fundamentos de la citación administrativa.
Alfonso Felipe Zalaquett Sanguinetti reclama la liquidación 6254 del SII de julio de 2012 por el año tributario 2009. El Servicio rechazó gastos por depósitos convenidos efectuados por sociedades en que participa el reclamante a trabajadores terceros, no socios. Estos depósitos fueron efectivamente enterados conforme al artículo 20 del DL 3.500. El SII practicó nueva tasación de base imponible generando agregados al impuesto global complementario. El reclamante argumenta que las citaciones administrativas previas contenían fundamentos contradictorios.
La parte reclamante cuestiona la contradictoriedad en los fundamentos de las citaciones administrativas. Sostiene que el Servicio aplicó alternativamente tanto la regla general del inciso 1 del artículo 31 de la LIR (gasto genérico) como la regla especial del número 6 del artículo 31 en conexión con artículo 33 número 1 letras f) y g) (gastos especialmente regulados), sin precisar cuál era la norma aplicable. Argumenta que esta imprecisión vulnera el artículo 16 de la Ley 19.880 y deja al contribuyente en indefensión respecto de qué defenderse. Sostiene que la citación obligatoria regulada en
El texto no contiene la parte resolutiva del fallo. El documento se interrumpe antes de la sentencia del tribunal.
Concepción, nueve de enero de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 257 y siguientes, comparecen los letrados Mario Felipe Rojas Sepúlveda, y Eduardo Enrique Rojas Sepúlveda, en representación procesal de Alfonso Felipe Zalaquett Sanguinetti, empresario, Rut 6.265.368-K, todos domiciliados en calle Trinitarias n° 159, de la comuna de Concepción, quienes deducen reclamo en contra de la liquidación n°6254, de fecha 11 de julio de 2012, efectuada por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
Señala la parte reclamante que, respecto del año tributario 2009, ejercicio comercial 2008, en lo concerniente a su declaración anual de impuesto a la renta, formulario 22, folio 98311509, la actuación reclamada practicó una nueva tasación de base imponible, generando agregados a la base imponible del impuesto global complementario, correspondientes a gastos rechazados (por otras liquidaciones y/o resoluciones que fueron reclamadas también a través de los abogados comparecientes) a las compañías que el acto administrativo específica, pertinentes a pagos a terceros trabajadores por concepto de depósitos convenidos, determinando una nueva base imponible del impuesto señalado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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