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Tribunal · solo Pro
RODRIGUEZ GONZALEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 21-01-2015 · Materia: Liquidación · Juez: María Luisa Lobo Guiñez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones de impuestos por no acreditar origen de fondos para inversiones en 2011, al no encontrarse registros contables que demuestren los retiros de caja correspondientes.
Justo Rodríguez González fue liquidado por impuestos de Primera Categoría, Global Complementario e IVA por $68.141.846 en 2014. El SII cuestionó el origen de fondos para inversiones realizadas en 2011: compra de inmuebles por $62.281.886 (febrero-marzo), adquisición de vehículo por $5.000.000 (febrero) e inmueble por $2.500.000 (febrero). El contribuyente alegó contar con saldo inicial de caja de $106.637.845 al 01 de enero de 2011, registrado en libros contables, además de otros ingresos por préstamos y ventas.
El tribunal aplicó sana crítica para valorar prueba. Verificó que el saldo inicial de caja correcto era $76.637.845, no $106.637.845 como alegaba el contribuyente. Determinó que aunque existía disponibilidad de caja en febrero-marzo 2011, no hay registros contables en el libro mayor que demuestren retiros correspondientes a los pagos cuestionados en esas fechas. Desestimó alegaciones subsidiarias sobre otros ingresos (préstamo de diciembre 2010, venta de camioneta agosto 2011, avance de efectivo marzo 2011) por no encontrarse contablemente registrados ni acreditado su efectivo ingreso al patri
Se rechaza el reclamo de Rodriguez González contra las Liquidaciones N°25261, 25262 y 25623. Se mantienen firmes las liquidaciones por $68.141.846. No se condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
Copiapó, veintiuno de enero de dos mil quince.
VISTOS:
Que a fojas 12, comparece don JUSTO DEL TRANSITO RODRIGUEZ
GONZALEZ, R.U.T.: 12.576.392-8, domiciliado en calle Las Tablas s/n de la comuna de Freirina , deduciendo Reclamo en Procedimiento General de Reclamaciones conforme a las normas del Libro III, Título II, artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la s Liquidaciones N°25261, 25262 y 25623 de fecha 05 de mayo de 2014, por concepto de Impuestos de Primera Categoría, Global Complementario e Impuesto al Valor Agregado, respectivamente, por un monto total de $68.141.84 6.-, emitidas por doña Anita Aros Torreblanca, jefe de la Unidad de Vallenar de la III Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos.
Indica el reclamante que , con fecha 13 de diciembre de 2013 el Servicio de impuestos internos , con motivo de una revisión realizada a las declaraciones de impuestos y documentos, practicó la citación N°4720 de fecha 13 de diciembre de 2013, la que fuera respondida el 22 de enero de 2014, luego de haber solicitado aumento de plazo para dar respuesta . Dicho Servicio al considerar ésta insuficiente, procedió a practicar las liquidaciones de impuestos N°25261 por Impuesto de Primera Categoría por impuestos netos de $17.292.457. - AT 2012; N°25262 por Impuesto Global Complementario por impuestos netos de $10.042.826.- AT 2012 y N°25263 por Impuesto al Valor Agregado por impuestos netos de $13.090.677. -. Señala que el Servicio de Impuestos Internos le solicitó aclarara el origen con el cual efectuó determinadas inversiones en el año 2011, las que no guarda rían relación con los ingresos declarado s, consistentes en: 1.- Compra con mutuo hipotecario plus de fecha 22 de marzo de 2011, a don Claudio Callejas Arroyo, de los bienes raíces roles 147 -26; 147-27 y 147-34 de la comuna de Huasco, el precio de la compra venta fue de 8.931 UF, pagadas con 2.888 UF al contado, equivalentes a $ 62.281.886.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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