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Tribunal · solo Pro
DAZA PALMA con SII
Fecha: 19-02-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo tributario contra liquidación por inversiones en bienes raíces, estimando que los fondos provenían de dividendos de terceros y fueron aplicados mediante agencia oficiosa, por lo que se deja sin efecto la liquidación impugnada.
Contribuyente factor de comercio fue requerida por SII para justificar origen de fondos invertidos en dos bienes raíces (55 millones cada uno, agosto 2010) y fondos mutuos (9,5 millones, 2010). Señaló que su cónyuge Oscar Molina Barrios adquirió las propiedades como agente oficioso usando fondos propios y de su padre Oscar Molina Larrondo (dividendos de Inmobiliaria e Inversiones Molina S.A.). SII no aceptó justificación y emitió liquidación por 129 millones. En reposición administrativa se aceptó parcialmente solo 55 millones de los bienes raíces. Contribuyente reclama manteniendo que todas l
El tribunal estima que la suma de 55 millones unjustificada por SII proviene efectivamente de Oscar Molina Larrondo, quien la percibió como dividendo accionario, dinero que su hijo Oscar Molina Barrios dispuso en virtud de mandato general celebrado entre ambos, para compra de bien raíz a nombre de la reclamante actuando como agente oficioso. Analiza la figura legal de agencia oficiosa conforme Código Civil artículo 2286 y concluye que fluye de la simple lectura del contrato de compraventa. Rechaza argumento del SII sobre que la etapa jurisdiccional no debe ser nueva instancia de auditoría, sos
Se acoge el reclamo tributario. Se deja sin efecto en todas sus partes la Liquidación 113000000034 de fecha 16 de diciembre de 2013. No se condena en costas al SII por tener motivos plausibles para litigar.
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“DAZA PALMA, JACKELINE DEL CARMEN con SII, DIRECCIÓN REGIONAL
SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
LPM/eci
Santiago, diecinueve de febrero de dos mil quince.
VISTOS:
Que a fojas 01 doña JACKELINE DEL CARMEN DAZA PALMA , factor de comercio , Rol Único Tributario 11.772.133-7, domiciliada en calle San Diego N° 951, comuna de Santiago, deduciendo reclamo tributario en contra de la Liquidación N° 1130000000034. Funda su reclamo en que con fecha 29 de julio fue requerida conforme a la notificación N° 310222593 para comparecer ante el Servicio de Impuestos Internos con el fin de justificar el origen de los fondos invertidos en la adquisición de los siguientes bienes: 1.- Inversión en bienes raíces, Rol N° 11200031 -5307, monto $ 55.000.000.- de fecha 18 de agosto de 2010. 2.- Inversión en bienes raíces, Rol N° 11200032 -5307, monto $ 55.000.000.- de fecha 18 de agosto de 2010. 3.- Inversión en fondos mutuos, RUT declarante 96.667.040 -1, monto inversión $ 9.504.200.-, año 2010.
Señala que en esa oportunidad resultó imposible que el fiscalizador la atendiera, ya que siempre se encontraba ocupado.
Indica que luego, el 18 de agosto de 2013 volvió a ser citada, en virtud de la notificación N° 1416372. Agrega que al presentarse, el funcionario a cargo de la fiscalización le señaló que debía redactar una carta dirigida al Jefe de Grupo explicando los fundamentos de su defensa, la que fue presentada el día 03 de septiembre de 2013, junto a la documentación de respaldo.
Relata que con fecha 20 de febrero de 2014 fue notificada de la Liquidación N° 310222593, de fecha 16 de diciembre de 2013, la cual no se hace cargo de las 2 alegaciones vertidas oportunamente, ni tampoco de la documentación de respaldo, sino que por el contrario, se limita a declarar que las inversiones que constan en “anexo” no estarían justificadas, sin expresar fundamento alguno.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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