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Tribunal · solo Pro
ABOGADOS DEL MAULE SPA. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 09-03-2015 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente recurso de Abogados del Maule SPA por infracción art. 97 N°10 CT (falta de boleta), confirmando multa pero rectificando lugar de clausura al domicilio real de operaciones.
Abogados del Maule SPA no emitió boletas por servicios jurídicos de $500.000 prestados a cliente en trámite de divorcio. SII notificó infracción el 25.04.2014 a Francisco Acuña González, accionista y entonces representante legal, en domicilio registrado (1 Norte 931). Empresa argumentó que a esa fecha ya no era representante legal y que la clausura se aplicó en domicilio incorrecto, siendo que ejercía actividad en calle 2 Oriente 1370. Empresa emitió boletas retroactivamente durante la fiscalización.
El tribunal rechazó la nulidad de la notificación por defecto de legitimación activa, aplicando doctrina de notificación tácita: la contribuyente tomó cabal conocimiento del acto y ejerció sus derechos oportunamente, sin alegar perjuicio antes de actuar. Respecto del domicilio, se acreditó mediante contrato de arrendamiento (27.05.2013-27.12.2014), contrato de servicios y actas de directorio que el verdadero lugar de ejercicio era calle 2 Oriente 1370, donde debía aplicarse la clausura conforme al inciso segundo del art. 97 N°10 CT. Se aplicaron atenuantes por cooperación y ausencia de infracc
Acoge parcialmente el reclamo. Confirma la infracción del art. 97 N°10 CT pero rectifica la sanción: multa de $500.000 (100% de la operación) y clausura de 1 día en calle 2 Oriente 1370, Talca. Sin condena en costas por falta de vencimiento total de partes.
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“ABOGADOS DEL MAULE SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, nueve de marzo de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 52 y siguientes, comparecen doña MARÍA ALICIA ALBORNOZ ACUÑA, RUT N° 16.726.784-K y doña YOANINA ALEXSANDRA HERRERA FUENZALIDA, RUT N° 16.899.504-0, Abogadas, ambas en representación de la contribuyente sociedad ABOGADOS DEL MAULE SPA, RUT N° 76.160.442-2, domiciliadas para estos efectos en calle 2 Oriente N° 1370, oficina 3, Talca, quienes interponen reclamo tributario conforme al Procedimiento Especial de Aplicación de Ciertas Multas contemplado en el artículo 165 del Código Tributario, en contra de la Notificación de Infracción N° 993337, de fecha 25.04.2014, emitida por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos , mediante la cual se notificó la supuesta comisión de la infracción contemplada en el N° 10 del artículo 97 del Código Tributario , que consistiría en el no otorgamiento de boleta por los servicios jurídicos prestados por la tramitación de un divorcio. El monto total de la operación denunciada asciende a $ 500.000.-
La recurrente solicita que se declare la nulidad de la Notificación de Infracción N° 993337, de fecha 25.04.2013 , y de todos los actos derivados de ella , atendido que dicha notificación le fue practicada a don Francisco Acuña González, en circunstancias que a la fecha de su comunicación ya no era representante legal de la misma, por lo que no tenía facultad para actuar en nombre de ella.
Como antecedentes adicionales, indica que: 1.- Con fecha 11.04.2014, el S.I.I. practicó la notificación N° 666044, mediante la cual citó a los entonces tres representantes legales de la sociedad reclamante a prestar declaración jurada el día 15.04.2014. 2.- El día 15.04.2014, sólo concurrió a las oficinas del S.I.I. para prestar declaración jurada don 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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