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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSZ ESTAY
Fecha: 27-03-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA
Tribunal condena a contribuyente por utilizar facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA, infringiendo artículo 97 N°4 inciso segundo del CT, imponiéndole multa del 150% del monto defraudado.
Víctor Manuel Núñez Estay, comerciante de insumos y repuestos de automóviles, registró en su contabilidad entre diciembre 2011 y enero 2013 cinco facturas falsas de dos proveedores (Inmobiliaria José Jorquera e Hijo Ltda. e Domingo Wladimir De Los Ángeles Tello Urbina) que no correspondían a operaciones reales, alteradas materialmente en fechas, montos y beneficiarios. Incluyó en sus Formularios 29 crédito fiscal por $2.779.700 basado en estas facturas falsas, obteniendo indebido beneficio tributario. El denunciado no presentó descargos.
El tribunal confirmó que Núñez Estay cometió la infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del CT por maniobras maliciosas tendientes a aumentar crédito fiscal mediante facturas falsas materiales. Se acreditó que: (1) las facturas registradas en su libro de compras diferían de los originales emitidos por los proveedores a otros clientes; (2) la conducta fue sucesiva y reiterada en dos períodos tributarios; (3) el contribuyente no pudo menos que conocer la falsedad al registrar y usar estos documentos; (4) fue directamente beneficiado con menor tributación. Se consideró su grado de cultura (
Tribunal confirmó Acta Denuncia N°07 de 29.10.14 e impuso multa de $4.587.864 (equivalente a 150% del monto defraudado actualizado) al contribuyente Víctor Manuel Núñez Estay por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
Fojas: Treinta y uno – 31
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. SANTIAGO ORIENTE CON NUÑEZ ESTAY”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Providencia, a veintisiete de marzo de dos mil quince.
VISTOS:
A fs. 14 a 16, Acta de Denuncia N°07, de 29.10.14 , emitida por el SER VICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
SANTIAGO ORIENTE, en relación a l contribuyente don VÍCTOR MANUEL NÚÑEZ
ESTAY, Rut. N° 13.898.596-2, con giro en: Comercialización de insumos -repuestos automóviles, venta de aceros y materiales de construcción, domiciliado en Los Estucadores N° 1562, comuna de Ñuñoa, por infracción al artículo 97 N°4 , inciso segundo, del Código Tributario.
Rolan en autos, A fs. 1 a 17, Comprobante de distribución de causa; N otificación N°981, folio 1337699, de 2 9.10.14; Resol. Ex. N° 8419, de 23.10.14; Cartilla SIIC del denunciado; Informe N° 6, de 2 0.08.14; Copias de Formularios 29, de los períodos tributarios de diciembre 2011 y enero 2013; identificación de los documentos agregados a los autos como físicos no escaneables , que se encuentran custodiados en el Tribunal bajo el número 57-2014, consistentes en: Libro de Compras y Ventas del denunciado de los períodos tributarios de febrero de 20 11 a marzo de 201 3 y una carpeta con tapas de cartón color verde denominada “Cuaderno de antecedentes Víctor Manuel Núñez Estay , Rut. N° 13.898.596-2”, conteniendo documentos foliados del 1 al 82; Acta de Denuncia N°07, de 29.10.14; Reservado N° 214, de 30.10.14.
A fs. 18 a 19, resolución del Tribunal que provee el Acta de Denuncia ordenando custodiar, certificar y testimonio de su notificación.
A fs. 20, certificado de Secretaría del Tribunal, del hecho de no haberse presentado descargos por el denunciado y del ingreso a custodia de los documentos considerados como físicos no escaneables.
A fs. 21 a 28, Escrito de la denunciante, resolución que lo provee, y su testimonio de notificación.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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