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Tribunal · solo Pro
VALDIVIESO CERDA con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 31-03-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidación por inversiones en acciones sin justificación de origen de fondos, reconociendo que solo cinco partidas específicas carecen de justificación fidedigna.
Patricio Valdivieso Cerda, empresario, fue fiscalizado por el SII respecto a su declaración de impuesto a la renta del año tributario 2011. Se le imputan inversiones en acciones, fondos mutuos, bienes raíces y vehículos por $889.032.267 sin acreditación de origen de fondos. El contribuyente argumenta que tales montos corresponden a operaciones de compra y venta de acciones durante 2009-2010, siendo financiadas con ventas de inmuebles por $220.423.234 y retiros de empresa por $112.594.169. El SII emite Liquidación N° 22 de 22 de abril de 2014.
El tribunal analiza el artículo 70 inciso segundo de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que presume que fondos no justificados corresponden a rentas de Primera o Segunda Categoría. Se establece que dicho precepto solo exige acreditar el origen de los fondos, no la disponibilidad dentro de un año calendario. Mediante documentación de cartolas bancarias de BTG Pactual Chile y prueba testimonial, se determina que la mayoría de inversiones se encuentran justificadas. Sin embargo, ambas partes reconocen expresamente que cinco partidas específicas carecen de justificación: $8.231.399 en fondos mutuos
Se acoge parcialmente el reclamo. Se reconoce que las inversiones en acciones, bienes raíces y fondos mutuos están justificadas, excepto por cinco partidas específicas sin justificación que suman aproximadamente $146 millones. Se ordena reliquidación considerando únicamente las inversiones no justificadas. No se condena en costas.
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“VALDIVIESO CERDA con S ERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , DIRECCIÓN
REGIONAL SANTIAGO PONIENTE”
RIT: Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
LPM/FMA
Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil quince.
VISTOS,
Uno.- Que a fojas 1 de autos comparece don PATRICIO VALDIVIESO CERDA, casado, empresario con domicilio en Lo Pinto 70, comuna de Lampa, Santiago , R.U.T. N° 5.171.384-2, quién patrocinado por el abogado don Matías Valdivieso Infante y por Jaime Manríquez Torrealba, domiciliados para estos efectos legales en Avenida Providencia 2653, oficina 1702, comuna de Providencia, interpone reclamo ante este Tribunal Tributario y Aduanero conforme al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Liquidación N° 22 emitida con fecha 22 de Abril de 2014, notificada el día 30 de Abril de 2014, emitida por la XIV Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos , solicitando dejar sin efecto la citada Liquidación N° 22, acorde los siguientes fundamentos de hecho y de derecho que expone:
I.- LOS HECHOS:
1. IMPUTACIÓN EN LA LIQUIDACIÓN.
En la mencionada liquidación, (leída en conjunto con el Anexo que explícitamente dice formar parte de ella), se expresa que no he acreditado el origen de los fondos con los cuales realice diversas operaciones en el mercado de valores mobiliarios durante el ejercicio financiero 2011.
Sin embargo, y aunque no media explicación alguna al respecto, en el cuerpo de la liquidación (y concretamente en su parte plenamente medular) se m e imputa como “Inversiones, gastos y desembolsos actualizados sin justificación de origen de fondos” la suma de $889.032.267 pesos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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