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Tribunal · solo Pro
MUEBLES LOPEZ Y LOPEZ LIMITADA con SII
Fecha: 10-04-2015 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo y ordena devolución de $693.064 de IVA constructor retenido, concluyendo que el contrato se extendió tácitamente más allá de su plazo nominal, permitiendo la emisión válida de la factura en julio 2013.
Muebles López y López Limitada, subcontratista en construcción, celebró contrato con Danacorp S.A. para fabricación e instalación de muebles en edificio Santo Domingo 1457, con vigencia nominal hasta abril 2013. La empresa solicitó devolución de IVA constructor por $4.034.637 para julio 2013. El SII devolvió parcialmente $3.341.573, rechazando $693.064 argumentando que el contrato estaba vencido. La reclamante sostiene el contrato continuaba vigente mediante prórroga tácita, respaldada por estados de pago y factura emitida por Danacorp en julio 2013.
El Tribunal concluyó que la cláusula quinta del contrato establecía plazos prorrogables (no perentorios) subordinados a la entrega de recintos y condicionados al cumplimiento de obligaciones de ambas partes. Los estados de pago N°7 (julio 2013) y N°12 (mayo 2014) evidencian que los trabajos continuaron casi dos años después de la fecha nominal de término, acreditando prórroga tácita. El impuesto se devengó válidamente al emitirse la factura N°1871 el 24 de julio de 2013, conforme al artículo 9 letra a) de la Ley de IVA. El SII no cuestionó el cumplimiento de requisitos formales del artículo 23
Acoge reclamo. Deja sin efecto la Resolución Exenta N°103507 en cuanto al saldo no devuelto de $693.064. Ordena al SII proceder a la devolución de tal monto. Sin condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
D
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE.
VISTOS:
El escrito de fecha 30 de diciembre de 2013, rolante a fojas 1 a 8 de autos, presentado por don MARIO LÓPEZ GONZÁLEZ, RUT N*3.071.350-5, en representación de la empresa MUEBLES LÓPEZ Y LÓPEZ LIMITADA, RUT N*%79,.959.350-5, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Bosque Norte N* 0123, oficina 304, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamación establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N*103507, de fecha 27 de agosto de 2013, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos en adelante SII, la cual denegó el saldo a favor de $693.064.- correspondiente a la solicitud de devolución por cambio de sujeto Impuesto al Valor Agregado (en adelante IVA) constructor, correspondiente al período julio 2013.
En su reclamo el contribuyente señala en resumen que su representada, es contribuyente de primera categoría, con registro de actividad económica de obras de construcción y compra y venta de bienes muebles, ejerciendo sus funciones principalmente, como subcontratista en las instalaciones de mobiliario para construcciones de edificios.
Señala que con fecha 13 de agosto de 2013, el SII en un proceso de devolución de IVA constructor, impuesto que es retenido por las empresas constructoras a las que presta servicios, ordenó una devolución menor al cual tenía derecho su representada, es decir, habiéndose solicitado devolución por la suma de $4,034,637.-, el ente fiscal sin formular fundamento legal alguno, por medio de Resolución N*103507 de fecha 27 de agosto de 2013, y notificada con fecha 9 de septiembre de 2013 procedió a la devolución parcial por la suma de $3.341.573.-
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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