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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD JUAN SALGADO E HIJOS Y CIA. LIMITADA con SII
Fecha: 13-04-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de empresa contra liquidaciones de impuesto a la renta 2011-2012 por falta de acreditación de costos y gastos, encontrando válida la determinación del SII.
La Sociedad Juan Salgado e Hijos Limitada reclamó contra las Liquidaciones N° 24.918 y 24.919 del 24 de abril de 2014, por monto total de $285.527.368. El SII fiscalizó la empresa en junio de 2013, detectando falta de facturas de proveedores y enmiendas en libros de compras. La empresa presentó declaraciones rectificatorias de formularios 29 en septiembre de 2013. El SII determinó que la empresa no acreditó debidamente ciertos costos y gastos, incluyendo facturas que calificó de falsas.
El tribunal analizó que la reclamación se interpuso dentro de plazo legal. Respecto a la alegación de omisión de tasación conforme al artículo 64 del Código Tributario, el tribunal consideró que no procedía, pues no se declaró que la contabilidad fuera no fidedigna. Sobre las facturas cuestionadas, el tribunal examinó si cumplían requisitos formales del artículo 54 del DL 825. El SII acreditó que realizó gestiones para verificar la falsedad de documentos. Las liquidaciones se basaron en análisis de documentación presentada por la empresa y no únicamente en diferencias entre formularios 22 y 29
Se rechaza la reclamación interpuesta por la Sociedad Juan Salgado e Hijos Limitada, confirmándose íntegramente las Liquidaciones N° 24.918 y 24.919 emitidas por el SII VIII Región, con costas.
1
Concepción, trece de abril de dos mil quince.
VISTOS:
Que, a fojas 27 y siguientes, con fecha 14 de agosto de 2014, comparece don Alfonso Valdés Hueche , abogado , en representación de la Sociedad Juan Salgado e Hijos Limitada, Rut n.° 78.291.830-3, y esta por su parte representada por don Juan Benedicto Salgado Mella, Rut n.°4.861.123-0, ingeniero agrónomo, todos con domicilio para estos efectos en calle Aníbal Pinto n.°215, oficina n.°901 , Concepción, quien reclama en contra de las Liquidaciones n.° 24.918 y 24.919 , ambas de fecha 24 de abril de 201 4, emitidas por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. Funda su reclamo como sigue:
Parte haciendo una relación del contenido de las actuaciones que se reclaman, señalando que el monto total liquidado es de $285.527.368, los cuales encontrarían su fundamento en tres conceptos, estos son, costos y gastos amparados en facturas falsas, sin respaldo documental y aumento ficticio de costos o gastos por errores de suma. Pasa a señalar los argumentos que desvirtuarían las liquidaciones impugnadas, indicando en primer lugar que según los fiscalizadores actuantes se estaría en presencia de una contabilidad no fidedigna, lo que obligaba a practicar una tasación de la base imponible, lo que no ha acaecido en la especie.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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