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Tribunal · solo Pro
SII con ROBLES FARIÑA
Fecha: 22-05-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por registrar facturas falsas para aumentar créditos fiscales de IVA, aplicando multa del 100% de lo defraudado ($2.281.967).
María Josefina Robles Fariña, contribuyente de diseño, construcción y corretaje, registró en su Libro de Compras y declaró en Formularios 29 facturas ideológicamente falsas presuntamente emitidas por Marco Antonio Ortega Núñez, correspondientes a trabajos realizados por terceros (Guido Venegas) durante marzo, abril y mayo de 2012. La contribuyente reconoció en declaración jurada que las facturas fueron proporcionadas por tercero sin intervención del emisor formal. Estas facturas representaron el 93,58% del crédito fiscal total declarado en esos períodos, permitiéndole aumentar indebidamente su
El tribunal aplicó la regla de sana crítica conforme artículo 132 del Código Tributario. Estableció mediante instrumental inobjetada (declaración jurada de la denunciada, facturas, Libro de Compras y Formularios 29) que la contribuyente registró facturas ideológicamente falsas, esto es, documentos que faltan a la verdad de los datos consignados. La repetición de la conducta y su concordancia permiten presumir que actuó maliciosamente con ánimo de evadir IVA. El artículo 97 N°4 inciso 2° del CT sanciona a contribuyentes afectos a IVA que realicen maliciosamente maniobras para aumentar indebidam
Se confirma Acta de Denuncia N°12 contra María Josefina Robles Fariña por infracción a artículo 97 N°4 inciso 2° del CT. Se aplica multa del 100% del monto defraudado ($2.281.967 históricamente, reajustado). Se ordena al Director Regional ejecutar administrativamente lo resuelto conforme artículo 6° letra B número 6° del CT.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO
ORIENTE con ROBLES FARIÑA, MARÍA JOSEFINA”
RUC N° Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, veintidós de mayo de dos mil quince.-
VISTOS:
A fojas 1, rola Reservado N°78, de 14/04/2015, de don Pablo Pérez Zegers, Jefe del Departamento Jurídico de la XV Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, mediante el cual remite Acta de Denuncia N°12, de 02 de abril de 2015, notificada con la misma fecha a la contribuyente doña María Josefina Robles Fariña, junto con la documentación que detalla.
A fojas 2, rola Acta de Denuncia N°12, de 02 de abril de 2015, mediante la cual doña Fernanda Sepúlveda Castillo, RUT N°12.571.765-9, fiscalizador de la Unidad de Ñuñoa dependiente de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, levanta y notifica dicha Acta de Denuncia en contra de doña María Josefina Robles Fariña, RUT N°10.392.985-7, con giro en diseño construcción de e quipamiento, corredores de propiedades, domiciliada en Ricardo Lyon N°3530, departamento N°114, Comuna de Ñuñoa, por haber incurrido en infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario.
En el capítulo I del Acta de Denuncia, individualiza al contribuyente denunciado.
En el capítulo II del Acta de Denuncia, relativo a los antecedentes del procedimiento de fiscalización, explica que el caso se ha originado dentro del plan centralizado de cobertura , implementado para verificar la correcta declaración de los débitos fiscales y la consistencia de los créditos fiscales declarados en los formularios 29.
Expresa que se requirió a doña María Robles Fariña que presentara antecedentes de Impuesto al Valor Agregado respecto de los períodos mensuales de marzo, abril, mayo, agosto, octubre y noviembre de 2011.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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