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Tribunal · solo Pro
ARCE SILVA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 09-06-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
ACOGE Ha Lugar
Se acoge el reclamo contra liquidación de Impuesto Global Complementario por error en asignación de propiedad de inmueble y porque otro fue adquirido con subsidio rural.
El contribuyente Víctor Gabriel Arce Silva reclama contra la Liquidación N° 63 de octubre de 2014 emitida por el SII, por monto de $753.844. El SII le imputa la adquisición de dos inmuebles: Rol 160-6, avaluado en $2.688.312, que adquirió; y Rol 158-22, avaluado en $2.231.392, que no es suyo. El inmueble Rol 160-6 fue adquirido mediante Subsidio Habitacional Rural, Decreto Supremo N° 117 de 2002, Título II, financiado con 220 UF de subsidio y 15,967 UF de ahorro previo.
El Tribunal establece que la carga de la prueba corresponde al contribuyente conforme al artículo 21 del Código Tributario. Sin embargo, los antecedentes reunidos acreditan suficientemente que: 1) el inmueble Rol 158-22 nunca fue adquirido por el reclamante (es propiedad de Wladimir Alfonso Olave San Martín, según Formulario 2890 y Certificado de Avalúo), siendo un error de información del Conservador de Bienes Raíces; 2) el inmueble Rol 160-6 fue adquirido mediante Subsidio Habitacional Rural, conforme consta en la escritura pública del 12 de enero de 2007, por lo que no existió desembolso ec
Se acoge la reclamación tributaria y se deja sin efecto la Liquidación N° 63 de 27 de octubre de 2014, emitida por la XVII Dirección Regional Valdivia del SII. No se condena en costas por estimarse motivos plausibles para litigar.
Valdivia, nueve de junio de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas tres y siguientes, comparece don CÉSAR ALBERTO CÁRCAMO
SANTANA, Contador Auditor, en representación de don VÍCTOR GABRIEL ARCE
SILVA, RUT N° 13.399.586 -2, domiciliado en Avenida Perez Rosales MZ 39 casa 11 de Puerto Montt, ambos domiciliados para estos efectos en Puerto Montt . Interpone reclamo en contra de la Liquidación N° 63, emitida el 27 de octubre de 2014 y notificada el 29 de octubre de 2014, por el Servicio de Impuestos Internos (Servicio).
Comienza indicando que el monto reclamado es de $753.844, para luego exponer que la justificación de los bienes requerida por el Servicio se respalda con los certificados de avalúo obtenidos de la página web del Servicio, mediante los cuales se constata que el inmueble Rol de Avalúo N° 160 -6, avaluado en $2.688.312, que se encuentra exento de impuesto, es de su propiedad y fue adquirido mediante subsidio rural. Respecto al inmueble Rol de Avalúo N° 158 -22, avaluado en $2.231.392, que también se encuentra exento de impuesto, no es de su propiedad, correspondiendo tal asignación a un error de la liquidación reclamada. Agrega, que revisados los antecedentes se verificó que no se presentó declaración de renta de los Año s Tributarios 2013 y 2014. Por lo expuesto, no correspondería el cobro de Impuesto Global Complementario por dichas propiedades. Solicita se anule la liquidación reclamada, que se tenga por presentado el reclamo y que se acoja declarando que no aplica el cobro de impuestos.
Solicita además que se tengan por acompañados los documentos que indica y se avise al correo electrónico que indica de haber sido notificado de resoluciones en la causa . Fija domicilio que indica y hace presente que no aplica personería para representar por ser persona natural . Solicita se tenga presente que comparece representado en virtud de documento que indica y que, atendida la cuantía, conducirá personalmente la gestión. DILIGENCIAS DEL PROCESO
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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