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Tribunal · solo Pro
COQUIMBO UNIDO SADP con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 15-06-2015 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE
Tribunal rechaza liquidaciones de impuesto a la renta del SII a Coquimbo Unido SADP por defectos en fundamentación y procedimiento fiscalizador, sin analizar fondo de gastos.
Coquimbo Unido SADP fue fiscalizado por el SII respecto a declaración de renta 2011 mediante citaciones en 2014. El contribuyente aportó documentación contable (libros, balances, facturas) en respuesta a citación N° 56 de abril 2014. El SII liquidó diferencias de impuesto de primera categoría argumentando que la documentación aportada carecía de respaldos de operaciones. El contribuyente reclama nulidad por vicios en la fundamentación, prescripción de la acción fiscalizadora y cuestiona los gastos rechazados.
El tribunal constata que las liquidaciones impugnadas presentan defectos fundamentales: (1) Contradicción interna al señalar que las diferencias se determinaron conforme a antecedentes aportados pero luego que estos fueron insuficientes. (2) Falta de fundamentación específica sobre cada partida liquidada, limitándose a citar normas genéricas sin análisis concreto del caso. (3) El contribuyente efectivamente aportó abundante documentación contable en la etapa administrativa. (4) El SII ofreció revisar documentación en domicilio del contribuyente por volumen, lo que fue aceptado, pero luego no a
Se acoge el reclamo y se anulan las liquidaciones números 62 y 63 de agosto 2014 por defectos en su fundamentación y procedimiento, sin pronunciamiento sobre el fondo respecto de si los gastos son o no deducibles.
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RESUMEN:
PARTES: COQUIMBO UNIDO S.A.D.P CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Reclamo de Liquidaciones
La Serena, quince de junio de dos mil quince.
VISTOS:
Que a fojas 76 y siguientes, con fecha 18 de diciembre de dos mil quince, comparece doña CAROLINA CANEDO CORTÉS, abogada, en representación de COQUIMBO UNIDO SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA PROFESIONAL, RUT N° 76.551.070-8, cuyo representante legal es don Eduardo Castillo Sarmiento, cédula nacional de identidad N° 8.194.756-2, todos domiciliados, para estos efectos, en la ciudad de Coquimbo, calle Edwards N° 50, y viene en interponer reclamo de conformidad a las normas del Libro III, Título II, artículos 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las liquidaciones de impuestos notificadas con fecha 28 de agosto de 2014, números 62 y 63, solicitando el rechazo de las mismas por las razones que expone. 1.- En primer lugar cuestiona los actos de fiscalización y especial la citación, señalando que con fecha 29 de abril de 2014, se notificó por cédula a Coquimbo Unido SADP, la citación N° 56 de la misma fecha. Expone que en dicho acto administrativo, los funcionarios que lo suscriben bajo el título “1.- Antecedentes de la fiscalización”, hacen un extenso relato de las notificaciones practicadas en diversas oportunidades al contribuyente, listando una serie de documentación requerida a lo largo de los años, e incluyendo una referencia al Impuesto al Valor Agregado IVA, a saber: “De la revisión efectuada, se detectó que usted utilizaba en un 100 % los créditos fiscales, aun cuando correspondía aplicar la proporcionalidad del IVA por las compras de bienes y servicios de utilización común, por ingresos afectos y exentos de IVA, por lo que usted con fecha 21 de marzo, de forma voluntaria rectificó los formularios 29 de los períodos desde marzo de 2011 a octubre de 2012, emitiéndose giros por la suma de $35.492.547.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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