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Tribunal · solo Pro
Lira De Amesti con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 15-06-2015 · Materia: Giro · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra infracción por no emisión de boleta por $25.800, confirmando multa de 2 UTM y clausura de 1 día.
Patricia Lira de Amesti, vendedora de artesanía, fue fiscalizada el 08.10.14 en su local. El SII constató un pago por Red Compra de $25.800 sin boleta de respaldo. La reclamante alegó haber emitido dos boletas (N° 030564 por $8.900 y N° 030566 por $16.900) que totalizaban esa suma. El Servicio le requirió emitir una boleta por $25.800 y notificó la infracción. La reclamante cuestionó la sanción de clausura del local, comprometiéndose a pagar la multa.
El tribunal aplicó sana crítica para valorar la prueba. Concluyó que las fotocopias de boletas acompañadas presentaban irregularidades: remarcas solo en montos, inconsistencias en trazado respecto a fechas, y ausencia del talonario original. El fiscalizador declaró que los montos en la boleta N° 030566 no correspondían a lo observado en la fiscalización, señalando adulteración. Entre las boletas 030564 y 030566 existía una tercera (030565), lo que desvirtúa la alegación de dos ventas que totalizaran $25.800. El tribunal concluyó que la reclamante no acreditó indubitadamente haber emitido bolet
Se rechaza el reclamo. Se confirma la Notificación de Infracción N° 1149039 de 08.10.14. Se aplica multa de $87.520 (2 UTM junio 2015) y clausura de 1 día. Se condena en costas por $25.800.
Fojas: 56.-
Lira de Amesti Patricia. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. Santiago Oriente.
RIT N° : Rol · solo Pro.
RUC N° : Rol · solo Pro.
En Providencia, a quince de junio de dos mil quince.
VISTOS:
El escrito de 17.10.14, en que comparece doña PATRICIA LIRA DE AMESTI , RUT N°6.245.534-9, domiciliada en calle El Campanario N° 10196, comuna de La Florida y ejerce su giro comercial en calle Constitución N° 50, Local 42, Patio Bellavista, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, quien deduce reclamación tributaria en Procedimiento Especial de Sanciones en contra de la infracción estatuida en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario que le fue cursada mediante Notificación N° 1149039, de 08.10.14 , F3294, por el SERVICIO DE I MPUESTOS INTERNOS XV DIRECCIÓN
REGIONAL ORIENTE DE LA REGIÓN METROPOLITANA, RUT N° 60.803.315 -7, representada por don Claudio Ambiado Araya, RUT N° 9.463.377 -K, según Resolución SIIPERS N° 704, de 14.12.12, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, piso 10, oficina N° 1.003, comuna de Providencia, ciudad de Santiago.
Rolan en autos, A fojas 1 a 19, Comprobante de distribución de causa. Escrito de reclamo y documentos acompañados, consistentes en: Copia de Notificación de Infracción N° 1149039, de 08.10.14; Fotocopias de boletas de ventas N os 030565, 030564, 030569, 030562, 030561, 030570, 030569, 030568, 030567 y 030566; Circular N° 69 de la “Administración” sobre Clausura de Local en patio Bellavista, de 14.08.08; y, copia autorizada ante Notario de cédula de identidad N° 6.245.534 -9. Resolución que ordena precisar el acto reclamado y que se acompañe original o copia autorizada del mismo con su respectivo testimonio de notificación. Escrito de cumplimiento de lo ordenado y original de Notificación de Infracción N° 1149039, de 08.10.14.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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