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Tribunal · solo Pro
CINEMAGIA PRODUCCIONES S.A con SII
Fecha: 27-07-2015 · Materia: Resolución
OTRO
Tribunal declara inadmisible por improcedente reclamación contra Resolución de RAF, por no corresponder a actos administrativos reclamables conforme artículo 124 del Código Tributario.
Cinemagia Producciones S.A. presentó reclamación tributaria contra Resolución EX. N° 15.362 de 20.02.15, que resolvió sobre Solicitud de Revisión de Actuación Fiscalizadora presentada el 12.08.14. Esta RAF cuestionaba un giro N° 210067 emitido el 08.07.14. La RAF buscaba dejar sin efecto el giro y rebajarlo conforme a derecho. El SII rechazó la excepción de prescripción invocada.
El tribunal analiza la procedencia de la reclamación conforme al artículo 124 del Código Tributario, que permite reclamar de liquidaciones, giros, pagos o resoluciones que incidan en el pago de impuestos. Concluye que la Resolución EX. N° 15.362, que resolvió sobre la Solicitud de Revisión de Actuación Fiscalizadora, no tiene la naturaleza de los actos administrativos enumerados en el artículo 124, por lo que no corresponde a actos impugnables mediante Procedimiento General de Reclamaciones. Esta resolución se dictó conforme a facultades del artículo 6° letra B N° 5 del Código Tributario, fuer
Se declara inadmisible por improcedente la reclamación interpuesta contra la Resolución EX. N° 15.362 de 20.02.2015, por apartarse dicho acto del ámbito de aplicación del Procedimiento General de Reclamación y de la competencia del Tribunal.
Fojas: setenta y cuatro /74
“CINEMAGIA PRODUCCION ES S.A. CON SERVICIO DE IMPU ESTOS INTERNOS
XVI D.R.M. SANTIAGO ORIENTE.”
RIT : Rol · solo Pro
RUC : Rol · solo Pro
Providencia, a veintisiete de julio de dos mil quince.-
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1°) Que, don CARLOS GARRIGA ALIAGA, empresario, RUT N° 10.097.860-1 y don FERNANDO LOPEZ MANLEY , empresario, ambos en representación de CINEMAGIA PRODUCCIONES S.A . RUT N° 76.433.270 -9, con domicilio para estos efectos en calle Enrique Foster N° 372 , Comuna de las Condes, presentó con fecha 23.06.15, reclamación tributaria en contra de la Resolución N° 15.362 , de 20.02.15, que se pronuncia sobre la Solicitud de Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF) , número 15.362-14, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos que a su vez, deniega devolución de impuestos, mediante la Resolución N°214000000035 , de fecha 19 de noviembre de 2012. 2°) Que, la propia reclamante precisa que con fecha 08 de julio de 2014, el Servicio de Impuestos Internos emitió el giro N° 210067, derivado de la liquidación N° 115000001068. 3°) Que, con fecha 12 de agosto de 2014 , se presentó ante la XVI Dirección
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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