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Tribunal · solo Pro
PETROPOWER ENERGIA LIMITADA con SII
Fecha: 04-09-2015 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Petropower contra Resolución que modifica retiros en exceso del FUT de USD 34,7 a USD 101,2 millones, desestimando argumentos sobre falta de fundamentación y falta de norma legal expresa.
Petropower Energía Limitada reclama contra Resolución Exenta n° 37 de abril 2014 del SII que modificó unilateralmente montos declarados como exceso de retiros del año tributario 2011, elevándolos de USD 34.747.438,58 a USD 101.208.832,28. La modificación se funda en Resoluciones previas (n° 10.805 de 2010 y n° 71 de 2012) que agregaron retiros en exceso de Foster Wheeler Coque Verde L.P. (socia con 85% de participación). Petropower argumenta que las resoluciones anteriores están judicialmente impugnadas.
El Tribunal analiza cuatro argumentos reclamantes: (1) Falta de fundamentación de la Resolución n° 37, ya que solo cita cálculos de la Resolución n° 71 sin explicarlos, y solo enumera disposiciones legales sin analizarlas; (2) Supuesta atribución indebida de retiros a Energía Holdings LLC sin enajenación de derechos ni norma que lo permita, pese a término de giro aceptado; (3) Ausencia de norma legal expresa que faculte modificar el Registro del FUT mediante resolución exenta; (4) Incongruencia con otros actos del SII generando exceso de reintegro. El SII contesta que la Resolución es legalmen
Se rechaza el reclamo de Petropower Energía Limitada contra la Resolución Exenta n° 37 de 7 de abril de 2014, dejándola vigente en todos sus términos.
Concepción, cuatro de septiembre de dos mil quince.
VISTOS:
Que, a fojas 70 y siguientes, con fecha 24 de julio de 2014, comparece don Juan Manuel Baraona Sainz, abogado, en representación procesal de Petropower Energia Limitada, Rol Único Tributario 78.335.760-7, ambos domiciliados para estos efectos en camino a Ramuntcho, n° 3230 , sector cuatro esquinas, Hualpén, comuna de Talcahuano, quien interpone reclamo en conformidad a los artículos 123 y siguientes del Código Tributario en contra de la Resolución Exenta n° 37 emitida con fecha 07 de abril de 2014 por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
Parte su exposición indicando que la resolución reclamada define dos temas:
-Modifica unilateralmente los montos declarados como exceso de retiros por Petropower respecto del año tributario 2011 elevándolos desde USD$ 34.747.438,58 a USD$ 101.208.832,28. -Autoriza a la Tesorería Regional del Bio Bio a devolver el saldo de impuestos retenidos a favor de Petropower, correspondiente al año tributario 2011, por un monto de USD$ 438.244,84. Luego, indica que el presente reclamo se referirá únicamente al punto número 1 de la Resolución impugnada; aduciendo al efecto, que existe con el ente fiscal una disputa que se origina con la dictación de las Resoluciones Ex n° 10.805 de 26.10.2010 y la Resolución Ex n° 71 de 29.03.2012, encontrándose ambas resoluciones bajo el conocimiento de los T ribunales Superiores de Justicia.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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