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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES FRANCISCA MARÍA JOANNON CAMPOS E.I.R.L con SII
Fecha: 11-09-2015 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por insuficiencia probatoria de pérdida en venta de nuda propiedad. Contribuyente no acreditó fehacientemente valor comercial inferior al determinado por SII conforme art. 31 LIR.
Inversiones Francisca María Joannon Campos E.I.R.L. adquirió nuda propiedad de inmueble ROL 99-05 en 2006 por $925.977.500 (reajustado a $1.153.378.915 al 31.12.2011). El 18.12.2012 vendió el 100% de sus derechos sobre esa nuda propiedad a Inversiones Ximena María Joannon Campos E.I.R.L. por $461.621.750, generando pérdida de $691.757.165. Inmueble estaba gravado con usufructo vitalicio de Ximena Campos France. Declaró pérdida tributaria de $760.436.535 y solicitó devolución de $114.065.480 por PPUA. SII otorgó parcialmente devolución por $42.820.337, cuestionando precio de venta.
El Tribunal analiza si la pérdida cumple requisitos del art. 31 LIR para acreditarse fehacientemente. Reconoce que SII no consideró explícitamente el usufructo vitalicio en su tasación del inmueble completo de $1.842.598.304. Sin embargo, concluye que la prueba rendida por reclamante es insuficiente: la tasación PRICSA carece de firma, metodología clara y no considera derechos de agua; el Acuerdo Marco es instrumento privado sin comparecencia de testigos; no se demuestra cómo se calcula el descuento por usufructo de $230.810.875. Resuelve que no existe certeza sobre el valor comercial real de
Se rechaza el reclamo en su integridad. Se mantiene a firme la Resolución N°3487/06.05.2014 del SII. Se condena al reclamante al pago de costas del juicio.
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INVERSIONES FRANCISCA MARÍA JOANNON CAMPOS E.I.R.L.
RUT N° 77.675.350-5
Valparaíso, once de septiembre de dos mil quince.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Eduardo José Ovalle
Rodríguez, abogado , RUT N° 14.121.561-2, en representación de INVERSIONES
FRANCISCA MARÍA JOANNON CAMPOS E.I.R.L., del giro de su denominación, RUT N° 77.675.350-5, ambos domiciliados en calle Montealegre 149, Cerro Alegre, Ciudad de Valparaíso, V Región, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que reclama en contra de la Resolución N°3487, de fecha 06.05.2014, notificada con fecha 08.05.2014, que dio lugar parcialmente, hasta por un monto de $42.820.337, a la devolución por $114.065.480, solicitada en declaración anual de Impuesto a la renta Folio N°240953213, correspondiente al año tributario 2013, de Pago Provisional por Impuesto de Primera Categoría de Utilidades Absorbidas (PPUA), por pérdida tributaria del ejercicio de $760.436.535.
2. Indica que con fecha 20.11.2006, Ximena Ingrid Campos
France vendió, cedió y transfirió la nuda propiedad y derechos de agua sobre el inmueble ROL N°99 -05, a Inversiones Francisca María Joannon Campos E.I.R.L. y a Inversiones Ximena María Joannon Campos E.I .R.L., en el precio total de $ 1.815.955.000, correspondiendo a cada una la suma de $ 925.977.500, cuyo reajuste al 31.12.2011 ascendía a $ 1.153.378.91 5, todo lo que fue debidamente registrado en la contabilidad de la empresa.
3. Explica que con fecha 18.12.2 012, Inversiones Francisca
María Joannon Campos E.I.R.L. , vendió a Inversiones Ximena María Joannon Campos E.I.R.L., el 100% de la nuda propiedad sobre el mismo inmueble, equivalente al restante 50%, en la suma de $461.621.750.
4. De acuerdo a lo anterior, s eñala que la pérdida referida está conformada principalmente por la suma de $691.757.165, resultante de la mencionada venta de la nuda propiedad efectuada el día 18.12.2012.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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