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Tribunal · solo Pro
SII con LEYTON MIRANDA
Fecha: 30-09-2015 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
HA LUGAR EN PARTE
Tribunal condena a contratista agrícola por utilizar facturas falsas para obtener crédito fiscal indebido, infringiendo artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
José Miguel Leyton Miranda, contratista agrícola, registró entre junio 2012 y enero 2014 facturas falsas emitidas a nombre de Claudio Hernán Riquelme Toro para justificar crédito fiscal. Verificación del SII determinó que dichas facturas fueron clonadas y emitidas a otros clientes con montos y fechas distintos. El contribuyente sobredeclaró créditos fiscales en formularios 29. Perjuicio fiscal estimado en $20.320.142 históricos, actualizado a $22.515.119 en septiembre 2015.
El tribunal concluyó que la conducta fue dolosa al constarse: registro y declaración sistemática de facturas falsas desde inicio de actividades, reconocimiento en declaración jurada del 8 julio 2014 sobre falsedad de facturas, imposibilidad de desconocer falsedad ideológica al no ejecutarse operaciones por Riquelme Toro. Se descartó aplicar como agravantes el dolo y perjuicio fiscal por estar subsumidos en el tipo infraccional. Se aplicaron circunstancias atenuantes por no ser reincidente, considerando como agravante la reiteración temporal y porcentaje defraudado del crédito total (77,94%).
Se confirmó parcialmente el Acta Denuncia N°12 por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario. Se impuso multa de $33.772.679 (150% del monto defraudado actualizado a septiembre 2015) a José Miguel Leyton Miranda.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
MIRANDA.”
RIT N° : Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
En Providencia, a __ de septiembre de dos mil quince.
VISTOS:
A fs. 23, Acta Denuncia N° 12, de 22.12.2014, el SERVICIO DE IMPUESTO S
INTERNOS, XVI DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO SUR, en relación a don JOSÉ MIGUEL LEYTON MIRANDA , RUT. N°15.406.890-2, actividad
Contratista Agrícola , con giro código 014015 "Cosecha, poda, amarre y labores de adecuación de la planta u otras”, domiciliado en Avenida Viluco, sitio 17 N° 5364, lote A2, comuna de Buin, Región Metropolitana, le notificó por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
Rolan en autos, A fs. 1, Comprobante de distribución.
A fs. 2 a 19, Dos copias de Acta de Denuncia N ° 12 de 22 de diciembre de 2014; dos copias Resolución Exenta N° 6273 de 16 de diciembre de 2014; Formulario 3300, Notificación N° 209/4, en la cual consta fecha y hora de la notificación realizada al contribuyente con fecha 22 de diciembre de 2014; Informe N° 86 , de 16 de octubre de 2014, emitido por Departamento de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos. A fs. 20 , Comprobante de físico no escaneable que da cuenta de haberse acompañado a la causa los siguientes documentos: Un Libro de Compra y Ventas, timbrado el 06 de junio de 2012, con anotaciones desde 06/2012/ a 05/2014, incluidos Formularios 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, con excepción de los meses de julio, agosto y diciembre de 2013, y meses de enero a mayo de 2014 ; Una carpeta color azul, de 107 fojas que contiene : - Cartilla SIIC contribuyente José Miguel Leyton Miranda ;
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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