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Tribunal · solo Pro
COMERCIAL AUTOMOTRIZ EXPOAUTOS SA con SII
Fecha: 26-11-2015 · Materia: Resolución
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Comercial Automotriz Expoautos por devolución de $132.611.948 en PPM, por no acreditar la procedencia de la devolución en sede administrativa ni en judicial.
Comercial Automotriz Expoautos S.A. presentó declaración de impuestos para el año tributario 2012 solicitando devolución de $132.611.948 por concepto de pagos provisionales mensuales, afirmando resultado tributario negativo. El SII formuló observaciones F51 y F53, citando al contribuyente a comparecer el 28/08/2012 con documentación requerida. El contribuyente no concurrió ni acompañó antecedentes, por lo que el SII emitió Resolución N°215100000124 del 19/11/2012 denegando la devolución por falta de acreditación.
El tribunal establece que la parte reclamante no aportó prueba de haber proporcionado antecedentes durante la fiscalización. Respecto a la fundamentación, considera que la resolución es consecuencia jurídica lógica de la inactividad probatoria del contribuyente. En cuanto a la acreditación de la devolución en sede judicial, el tribunal constata discrepancias significativas: el monto en Formulario 22 de PPM ($127.847.393) difiere del Balance General ($213.920.717); falta Certificado Liquidación SENCE; el Balance General carece de timbres y firmas requeridas; no se acompañó documentación de resp
Se rechaza íntegramente el reclamo, confirmándose la Resolución Ex. SII N°215100000124 de 19/11/2012 que deniega la devolución. Se condena en costas al reclamante.
“COMERCIAL AUTOMOTRIZ EXPOAUTOS S.A . con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Radovan Francisco Kegevic Vucovic, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 5.450.440 (sic), en representación de COMERCIAL AUTOMOTRIZ EXPOAUTOS S.A., RUT N° 79.603.920-5, sociedad del giro de su denominación, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Condes N° 1991, comuna de Las Condes, Santiago, quien interpone reclamo tributario en contra de la Resolución N°215100000124, de fecha 19 de noviembre de 2012.
En el capítulo I de su libelo de reclamo, relativo a antecedentes preliminares, explica el contenido de la resolución reclamada, exponiendo que no se agregan antecedentes ni se razonan o valoran aquellos que ya existen en la bases de datos del Ser vicio. Agrega que esto es relevante, pues el Servicio debe necesariamente referirse a los fundamentos y razonamientos en que apoya su decisión, sin olvidar que existe información incorporada por terceros y por el propio contribuyente que debería valorarse al momento de dictarse la resolución reclamada. Añade que lo anterior no acontece y esa sería la primera ilegalidad que en este acto se denuncia. En el capítulo II de su libelo , relativo a la inexistencia del fundamento de la resolución, expresa que no es efectivo que su representada no haya comparecido a las oficinas del Servicio , pues sí compareció y entregó los documentos que se le solicitaron , agregando que le s resulta verdaderamente extraño que se indique como fundamento para denegar la devolución de pagos provisionales mensuales una supuesta inconcurrencia del contribuyente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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