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Tribunal · solo Pro
GAY MELLADO con SII
Fecha: 13-03-2012 · Materia: Giro
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra giro de diferencias de impuesto a la renta 2007 por notificación válida de liquidación previa por carta certificada y falta de prescripción.
José Luis Gay Mellado reclamó contra Giro Folio N° 2570587-4 de 1 de agosto de 2011 por $3.113.922 más reajustes, intereses y multas, basándose en tres alegaciones: notificación ilegal del giro por correspondencia simple, nulidad por falta de liquidación legalmente notificada, y prescripción del tributo. El giro se basaba en diferencias detectadas en la declaración de renta año tributario 2007, liquidadas mediante Liquidación N° 109201000054 de 22 de febrero de 2010.
El Tribunal analizó tres cuestiones: (1) Sobre la notificación ilegal del giro: se acreditó mediante nómina de Correos que el giro fue notificado por carta certificada al domicilio registrado por el contribuyente, cumpliendo artículos 11 y 13 del Código Tributario. (2) Sobre la nulidad por falta de liquidación legalmente notificada: se probó que la Liquidación N° 109201000054 fue entregada a Correos de Chile el 22 de febrero de 2010 para notificación por carta certificada, sin constancia de devolución, acreditando notificación legal. (3) Sobre prescripción: la notificación de la liquidación el
Se rechaza en todas sus partes el reclamo de José Luis Gay Mellado. No ha lugar a la alegación de notificación ilegal del giro, a la solicitud de nulidad del giro y a la solicitud de prescripción. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Temuco, trece de marzo de dos mil doce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don JOSE LUIS GAY MELLADO, Ingeniero Comercial, cédula de identidad número 10.341.959-K, con domicilio en Pasaje Bristol N°03140 de Temuco, quien representado por el abogado don ANDRÉ GAY
SCHIFFERLI según acredita, interpone reclamo en contra del Giro Folio N° 2570587-4, de 1 de Agosto de 2011, que asciende a la suma de $3.113.922.- más reajustes, intereses y multas, solicitando se declare la nulidad del mismo por no haber sido notificado en la forma legal y porque las diferencias de Impuesto a la Renta que contiene provendrían de una liquidación que nunca le ha sido notificada, lo cual acarrea además la prescripción de los tributos a que se refiere el giro que se reclama, según los argumentos de hecho y fundamentos de derecho que expone.
Señala que con fecha 27 de agosto de 2011, le fue entregado por un funcionario de Correos un documento consistente en Giro por Diferencias de Impuesto a la Renta de fecha 1 de Agosto de 2011. Los fundamentos del Giro corresponden a diferencias detectadas en la Declaración de Renta Año Tributario 2007, y que fueron notificadas mediante Liquidación N°109201000054, de 24 de febrero de 2010. Al respecto, impugna el referido acto administrativo en tres aspectos:
a) El giro no se ha notificado en la forma legal. Ello debido a que ha sido notificado mediante correspondencia simple, transgrediendo el ente fiscalizador lo dispuesto en el artículo 11 del Código Tributario.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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