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Tribunal · solo Pro
SII con ARIAS OSSES
Fecha: 11-01-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Acta de denuncia por infracción del artículo 97 N°4 del CT: contribuyente utilizó 13 facturas falsas para aumentar maliciosamente su crédito fiscal de IVA en múltiples períodos.
El SII denunció a Víctor Alberto Arias Osses, titular de giro de compra venta de urnas y servicios funerarios, por registrar 13 facturas falsas provenientes de 5 supuestos proveedores (Comercial Ferretería Lazaros Limitada, Julio Hernán Isamit Díaz, Lema y Cía. Limitada, Ricardo Rafael Manuel Delporte de la Barrera, Enrique Díaz Cabrera y otros) en períodos entre septiembre 2012 y enero 2014. Estas facturas fueron incorporadas en sus Formularios 29 para reducir la carga tributaria de IVA. El contribuyente confesó en declaración jurada que las facturas eran falsas, nunca recibió la mercadería y
La auditoría tributaria comprobó que las 13 facturas falsas (equivalentes al 22,2% del total registrado pero representando el 76,5% del crédito utilizado) fueron utilizadas indebidamente. Verificaciones efectuadas a proveedores confirmaron que esas facturas fueron emitidas a terceros con datos, fechas y montos distintos. El RUT impreso en facturas no coincidía con datos consignados. El proveedor Comercial Ferretería Lazaros Limitada registraba 12 anotaciones causal 53 por detección de facturas falsas con sus datos. El contribuyente denunciado reconoció la falsedad en declaración jurada, afirma
Se formuló acta de denuncia por infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario por aumento malicioso del crédito fiscal de IVA mediante utilización de facturas falsas, quedando constancia de los hechos para las sanciones correspondientes.
Temuco, once de enero de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
1.- A fojas 1, rola Acta de Denuncia Nº 6/2015, cursada por el Servicio de Impuestos Internos el 25 de septiembre de 2015 y notificada por cédula el día 6 de octubre del mismo año al contribuyente VICTOR ALBERTO ARIAS OSSES, cédula de identidad N° 12.333.101-K, con giro de compra venta de urnas y servicios funerarios, domiciliado en calle Urrutia N° 656 , comuna de Carahue, por su responsabilidad en la comisión de la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 4, inciso segundo del Código Tributario, configurada por el aumento malicioso del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado que tenía derecho a hacer valer, mediante la utilización de trece facturas falsas provenientes de cinco supuestos proveedores en los períodos tributarios de septiembre, octubre y noviembre del año 2012, enero, marzo , abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2013 y enero del año 2014. 2.- Expone la denunciante que el presente caso, tuvo su origen en virtud del control del que fue objeto el contribuyente en actividades de presencia fiscalizadora, detectándose en dicha oportunidad el pago de servicios funerarios sin la emisión de la factura correspondiente, por lo cual con fecha 24 de febrero de 2014, se le notifico infracción prevista y sancionada en artículo 97, N°10 del Código Tributario. En dicha oportunidad se solicitó al contribuyente que presentara los documentos tributarios contables junto con su documentación sustentatoria al Servicio de Impuestos Internos , verificándose la existencia de facturas falsas en su contabilidad, razón por la cual se procedió a efectuar una auditoria tributaria.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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