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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES SCG S.A. con SII
Fecha: 24-02-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA+2.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de SCG contra tasación de renta efectuada por SII en AT 2010-2011, por falta de antecedentes que permitieran determinar clara y fehacientemente la RLI, confirmando Resolución Ex. 35 y Liquidación 5 de marzo 2013.
Inversiones SCG S.A., filial del Grupo La Polar dedicada a emisión de tarjetas y otorgamiento de créditos, fue auditada por el SII en AT 2009-2011 bajo programas de fiscalización de servicios intragrupo y remuneraciones. El SII cuestionó gastos por servicios de administración de cartera (Corpolar), evaluación de riesgos (AyE), administración contable (Tecnopolar), intereses financieros (La Polar), castigo de deudores e indemnizaciones. Con fecha 22 de marzo 2013 el SII emitió Resolución 35 tasando la RLI con aplicación del artículo 35 LIR, liquidando impuesto de $2.690 millones para AT 2010. S
El Tribunal analiza la facultad de tasación del artículo 35 LIR, concluyendo que requiere: (1) contribuyente de Primera Categoría; (2) imposibilidad de determinar clara y fehacientemente la RLI por falta de antecedentes o circunstancia; (3) que no se deba a caso fortuito. Determina que la contabilidad debe ser fidedigna y completa para permitir determinación de RLI. Examina cada partida cuestionada: servicios de cartera (inconsistencias sin aclaración), evaluación de riesgos (prestaciones no acreditadas, carpetas inexistentes, errores cálculo cláusula de responsabilidad), administración contab
NO HA LUGAR a reclamación de Inversiones SCG S.A. Confírmanse Resolución Exenta 35 y Liquidación 5, ambas de 22 de marzo 2013, emitidas por Dirección de Grandes Contribuyentes del SII. No se condena en costas por haber tenido motivos plausibles para litigar.
UN XA
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A VEINTICUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
Los escritos de fecha 11 de julio de 2013, rolantes a fojas 1 a 49 y a 500 a 548 de autos, acumuladas a fojas 1066, presentados por don PATRICIO JUAN LECAROS PAUL, RUT N*7.034.563-3, en representación de la empresa INVERSIONES SCG 6S.A., RUT N*96.874.020-2, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Frei Montalva N*520, comuna de Renca, mediante los cuales interponen reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamación establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N*35, de fecha 22 de marzo de 2013, mediante la cual se determinó para el Año Tributario (en adelante AT) 2010 una diferencia de impuestos a pagar, más reajustes e intereses, ascendente a un total de $2.690.846.942.- (dos mil seiscientos noventa millones ochocientos cuarenta y seis mil novecientos cuarenta y dos pesos); y para el AT 2011 una devolución de impuestos de $113.362.957.- (ciento trece millones trescientos sesenta y dos mil novecientos cincuenta y siete pesos); y un recalculo del FUT declarado por la sociedad para dichos períodos tributarios; y en contra de la Liquidación N*5, de la misma fecha, que ordenó liquidar los impuestos determinados en la Resolución antes señalada.
En ambos reclamos el contribuyente sostiene, en síntesis, que dentro de la estructura corporativa del Grupo de Empresas La Polar, SCG es la sociedad encargada del otorgamiento de créditos comerciales a terceros clientes de Empresas La Polar S.A., quienes efectuaban compras en las tiendas de retail La Polar y en el comercio asociado a la misma.
Expresa que durante el año comercial 2012, en el marco de los progra icnid IFA CRETA RAS OPA RACER MRE A AapSEn2016.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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