Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
INVERSIONES SCG S.A. con SII
Fecha: 24-02-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA+9.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra tasación de renta por SII en AT 2012 de AyE (absorbida por SCG). Confirma que faltaban antecedentes para determinar clara y fehacientemente la RLI, procediendo la tasación del art. 35 LIR.
SCG (continuadora legal de AyE tras fusión el 17.11.2011) solicitó devolución de impuestos por pérdida tributaria de AyE en AT 2012. SII fiscalizó la fusión y cuestionó: (1) ingresos no contabilizados por servicios de evaluación de riesgos; (2) indemnizaciones laborales sin cumplir requisitos legales; (3) devolución de PPUA. Contribuyente alegó resciliación de contrato el 16.11.2011 con efecto retroactivo desde 1.1.2011, justificando ausencia de ingresos. Emitieron Resolución N°36 y Liquidación N°6 tasando la RLI en $12.576.352.209 y determinando impuesto a pagar.
El tribunal analiza la facultad de tasación del art. 35 LIR, requiriendo que no pueda determinarse clara y fehacientemente la RLI por falta de antecedentes. Establece que contabilidad fidedigna es fundamental. Concluye que: (1) servicios de evaluación sí se prestaron (conforme contrato y gastos registrados); (2) debieron facturarse al cierre del ejercicio (17.11.2011), no teniendo efecto la resciliación retroactiva respecto al fisco; (3) faltaba documentación sobre colocaciones y cumplimiento de clientes para determinar ingreso; (4) indemnizaciones no cumplían requisitos del art. 31 N°6 LIR; (
Rechaza reclamo confirmando Resolución N°36 y Liquidación N°6 de 22.03.2013. Tasación efectuada cumpliendo requisitos del art. 35 LIR. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
UN AA
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A VEINTICUATRO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
Los escritos de fecha 11 de julio de 2013, rolantes a fojas 1 a 32 y a fojas 249 a 280 de autos, presentados por don PATRICIO JUAN LECAROS PAUL, RUT N*7.034.563-3, en representación de la empresa INVERSIONES SCG S.A., RUT N*96.874.020-2, continuadora legal de Asesorías y Evaluaciones S.A., ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Frei Montalva N*520, comuna de Renca, mediante los cuales interponen reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N936, de fecha 22 de marzo de 2013, mediante la cual se determinó para el Año Tributario (en adelante AT) 2012 una diferencia de impuestos a pagar, más reajustes e intereses, ascendente a un total de $5.097.270.759.- (cinco mil noventa y siete millones doscientos setenta mil setecientos cincuenta y nueve pesos); y en contra de la Liquidación N*6, de misma fecha, que ordenó liquidar los impuestos determinados en la Resolución antes señalada.
En ambos reclamos el contribuyente sostiene, en síntesis, que dentro de la estructura corporativa del Grupo de Empresas La Polar, ARE era la sociedad encargada de la prestación de servicios de evaluaciones de riesgos comerciales de clientes que solicitaban el otorgamiento de créditos a SCG a través de la Tarjeta de Crédito La Polar.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.