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Tribunal · solo Pro
SERVICIOS INFORMATICOS MOVIX CHILE LIMITADA con SII
Fecha: 26-02-2016 · Materia: Artículo 19 Nº 22 CPR
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por vulneración de derechos contra denegación de prórroga para presentar DJ 1907, por falta de cumplimiento del requisito de anticipación establecido en circular tributaria.
Servicios Informáticos Movix Chile Limitada solicitó prórroga de plazo para presentar Declaración Jurada 1907 el 30 de junio de 2015, fecha de vencimiento legal. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N°1164 del mismo día, fundándose en que la Circular N°29 de 2013 exige presentar la solicitud con al menos una semana de anticipación al vencimiento del plazo.
El Tribunal analizó si existió vulneración del artículo 19 N°22 CPR (no discriminación arbitraria en materia económica) y artículo 8° bis N°8 CT (derecho a actuaciones sin dilaciones o esperas innecesarias). Respecto del primer derecho, concluyó que aunque el acto pudo ser ilegal por basarse en circular para regular requisitos de prórroga, no configura discriminación económica pues no confiere beneficios ni impone gravámenes apreciables en dinero. Sobre el segundo, estimó que el procedimiento fue célere (presentado y resuelto el mismo día sin requerimientos adicionales), cumpliendo con celerid
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos y se confirma la Resolución Exenta N°1164 de 30 de junio de 2015. Cada parte paga sus propias costas, sin condena por tener motivo plausible para litigar.
“SERVICIOS INFORMATICOS MOVIX CHILE LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Santiago Oriente”
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, veintiséis de febrero de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fojas 1 , comparece don Alexander Maximiliano Lentoja Cepeda, abogado, cédula nacional de identidad N°13.828.918 -4, domiciliado en Avenida Alonso de Córdova N°5900, oficina N°3 01, comuna de Las Condes, Santiago, en representación de SERVICIOS INFORMATICOS MOVIX CHILE LIMITADA, RUT N°77.655.180-5, sociedad del giro servicios de telecomunicaciones, domiciliada en calle Hernando de Aguirre N°268 , oficina N°502, comuna de Providencia, Santiago , quien , conforme a lo dispuesto en los artículos 155 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo por vulneración de derechos en contra de la Resolución Exenta N°1164, emitida y notificada con fecha 30 de junio de 2015, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, que resolvió no conceder la prórroga para presentar la Declaración Jurada 1907, regulada por el artículo 41 E N°6 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Explica que fundamenta su reclamo en las razones de hecho y derecho que expone a continuación: En primer lugar, en cuanto a la regulación de la Declaración Jurada 1907, c ita y transcribe la parte pertinente del artículo 41 E N°6 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, la Resolución Ex. SII N°14, de fecha 31 de enero de 2013 , la Resolución Ex. SII N°112, de fecha 04 de diciembre de 2014 , y la Circular N°29, de 14 de junio de 2013.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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