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Tribunal · solo Pro
GANADERA CANADON GRANDE LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 02-03-2016 · Materia: Resolución · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza devolución de impuesto solicitada por Ganadera Cañadón Grande por pérdida tributaria no acreditada suficientemente durante fiscalización.
Ganadera Cañadón Grande Limitada solicitó devolución de $84.764.270 por saldo a favor en declaración de renta 2014. Se devolvieron $18.197.578, rechazándose $66.566.692. El SII fiscalizó mediante procedimiento selectivo para acreditar pérdida tributaria de $350.913.365. El contribuyente alegó fiscalización incompleta sin citación y falta de análisis detallado de contabilidad. Presentó Libro Diario y Mayor 2013, determinación RLI y registro FUT, pero no acreditó completamente todas las partidas de gastos objetadas (mermas, mantención, transportes, gastos bancarios, diferencias de cambio).
El tribunal analiza que el derecho a devolución de impuesto de primera categoría por utilidades absorbidas por pérdidas tributarias existe conforme artículo 31 de la Ley de Renta, siendo las utilidades acumuladas en FUT pago provisional. Sin embargo, las pérdidas tributarias deben acreditarse fehacientemente conforme artículo 31 inciso primero. El contribuyente debe acreditar documentalmente cada partida de gasto que compone la pérdida. La fiscalización selectiva buscaba revisión extensiva e integral. El tribunal considera que presentar solo libros contables gruesos sin respaldar cada cuenta d
Se rechaza la reclamación en contra de la Resolución Exenta N° 021 de 7 de mayo de 2015. Se mantiene la denegación de devolución de $66.566.692 por no acreditarse fehacientemente la pérdida tributaria que fundamenta el derecho a devolución del pago provisional.
Quinientos noventa y cinco 595
Punta Arenas, a dos de marzo de dos mil dieciséis.
VISTOS:
Uno.- Que a fojas seis y siguientes, comparece don Francisco José Rioseco Aragón, Abogado, R.U.T. N° 15.204.691-K, domiciliado, para estos efectos, en calle Bulnes N° 082, Punta Arenas, en representación, de "Ganadera Cañadón Grande Limitada" en adelante "Cañadón Grande" o "El Contribuyente", R.U.T. N° 77.690.690-5, con domicilio en Barrio Industrial, Sitio 10, Punta Arenas, quien interpuso Reclamo Tributario en contra de la Resolución Exenta N° 021, de fecha 07 de mayo de 2015, notificada a su representada, en la misma fecha, según consta en Notificación N° 82, emitida por la Dirección Regional de Punta Arenas, del Servicio de Impuestos Internos, en adelante "El Servicio", sosteniendo que la citada resolución compromete los intereses de su representada, habiendo sido dictada contraria a derecho, basada en un proceso de fiscalización incompleto, que no consideró todos los antecedentes con que contaba el contribuyente, de conformidad a los antecedentes de hecho y de derecho que pasa a exponer:
I.- INTRODUCCIÓN.
Expresa al respecto lo siguiente: 1).- Que su representada solicitó en su declaración de Impuesto Anual a la Renta Año Tributario 2014 folio N° 242717204, con fecha 9 de mayo de 2014, la devolución de un saldo a favor ascendente a $84.764.270. 2).- En una primera instancia, con fecha 28 de mayo de 2015, el contribuyente, recibió devolución de la cantidad de $18.197.578, viendo mermado su derecho en la suma de $66.566.692. 3).- Posteriormente, la resolución reclamada, determinó "No ha lugar a la devolución solicitada ascendente a $66.566.692.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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