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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA CHILOE S A con SII
Fecha: 18-03-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza el reclamo y se confirman las liquidaciones de IVA. El tribunal estima que el arrendamiento de estacionamientos constituye un servicio gravado conforme al artículo 8 letra i) del DL 825, no aplicando la exención de arrendamiento de inmuebles.
Inmobiliaria Chiloé S.A. arrienda estacionamientos individuales (boxes) ubicados en edificio de calle San Francisco N°75, acogido a ley de copropiedad inmobiliaria. El SII fiscalizó la empresa en programa selectivo de estacionamientos y emitió 30 liquidaciones por julio 2011 a diciembre 2013, por omisión de IVA débito fiscal en operaciones de arrendamiento de estacionamientos. La contribuyente reclama, argumentando que se trata de arrendamiento de inmuebles (exento) y no de servicio de estacionamiento (gravado).
El tribunal analiza si el hecho gravado es el 'servicio de arrendamiento de estacionamiento' o 'arrendamiento de inmuebles'. Determina que la actividad declarada y probada es arrendamiento de estacionamientos (no inmuebles), configurando así el hecho gravado especial del artículo 8 letra i) del DL 825. La expresión 'u otros lugares destinados a dicho fin' en esa norma abarca cualquier lugar donde se preste servicio de estacionamiento, independientemente de sus características legales o arquitectónicas. Las exenciones son de derecho estricto y deben interpretarse restrictivamente. Rechaza la al
Se rechaza el reclamo y confirman las liquidaciones N°43 a 72 de 16.02.2015 dictadas por la Dirección Regional Metropolitana Centro del SII. Se condena en costas a la contribuyente reclamante por haber sido totalmente vencida.
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“INMOBILIARIA CHILOÉ S.A. con SII, DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°Rol · solo Pro
Santiago, viernes 18 de marzo de dos mil dieciséis.
VISTOS:
UNO: A fojas 1 y siguientes, comparece don Cristóbal Riffo Rubio, abogado, cédula nacional de identidad número 12.146.692 -9, domiciliado en El Regidor N° 66, piso 10, comuna de Las Condes, Santiago, en representación de la sociedad INMOBILIARIA CHILOÉ S.A., sociedad comercial dedicada al arrendamiento de bienes inmuebles, Rol Único Tributario N° 96.892.250 -5, domiciliada en calle San Francisco N° 75, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
Señala que viene en interponer recurso general de reclamación en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario en contra de las liquidaciones N° 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71 y 72, emitidas con fecha 16 de febrero de 2015 y notificadas con fecha 17 de febrero de 2015 por el Grupo Auditoría N° 3
Departamento de Fiscalización Medianas y Grandes Empresas Presencia Fiscalizadora de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro , en las que se liquidara impuesto a las ventas y servicios adeudado presuntamente por su representada entre los periodos julio de 2011 y diciembre de 2013, ascendente a la suma histórica de $461.779.146 al 16/02/2015, más reajustes, multas e intereses.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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