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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES EL ALARIFE SA con SII
Fecha: 22-04-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamación de contribuyente que solicitaba devolución de $10.886.749 por PPUA del año tributario 2012, confirmándose resolución del SII que la denegó por falta de antecedentes aportados en etapa de fiscalización.
Inversiones El Alarife S.A. presentó declaración de renta del año tributario 2012 solicitando devolución de $10.886.749 por pagos provisionales por utilidades absorbidas (PPUA) y pagos provisionales mensuales. El SII notificó requerimiento de antecedentes contables y financieros para verificar la exactitud de la información y subsanar observaciones. El contribuyente no concurrió ni aportó antecedentes en sede administrativa. El SII dictó resolución denegando la devolución. El contribuyente presentó reclamación tributaria acompañando propuesta de declaración rectificatoria con menor devolución.
El tribunal determina que el contribuyente no acreditó haber aportado antecedentes requeridos durante la fiscalización, lo que constituye la causa jurídica lógica de la resolución denegatoria. Respecto de la fundamentación de la resolución, ésta no adolece de falta de motivación pues se funda precisamente en la inactividad probatoria del contribuyente. En cuanto al fondo, los antecedentes aportados en juicio son insuficientes para acreditar el derecho a devolución, especialmente considerando que el propio contribuyente reconoce errores en su declaración. No acompañó documentación respaldatoria
Se rechaza íntegramente la reclamación interpuesta por Inversiones El Alarife S.A., confirmándose la Resolución Ex. SII N°115000000823 de 19 de noviembre de 2012 que denegó la devolución de $10.886.749. Se condena en costas a la parte reclamante.
“INVERSIONES EL ALARIFE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS” RIT GR - 18 - 00367-2013
RUC N° Rol · solo Pro
Santiago, veintidós de abril de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Perla Iris Urrutia Sierralta, abogado, RUT N°6.691.161-6, en representación de la sociedad INVERSIONES EL ALARIFE S.A ., del giro sociedad de inversiones y rentistas de capitales mobiliarios en general, RUT N°96.864.110 -7, domiciliada en Parque Los Castaños N°1710, casa 32, comuna de Lo Barnechea, quien, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, presenta reclamación en contra de la Resolución Ex. SII N°115000000823, de 19 de noviembre de 2012.
En capítulo I de su libelo de reclamo, relativo a los hechos, explica que el contribuyente presenta solicitud de devolución por la suma de $10.886.749, por PPUA, en Declaración Anual de Impuesto a la Renta, año tributario 2012, Folio N°234721542.
Expone que c on fecha 14 de junio de 2012, se expide Notificación N°120203877, donde se requiere a la sociedad para presentarse el día 19 de julio de 2012, con los antecedentes contables y financieros, correspondientes al ejercicio comercial 2011, con el fin de efectuar un a revisión del crédito de primera categoría declarado en el Formulario 22, por pagos provisionales por utilidades absorbidas, como también aclarar las observaciones A02, A22, A25, A34, F77 y G92.
Expresa que el Servicio de Impuestos Internos dicta la Resolución N°115000000823 , de fecha 19 de noviembre de 2011, que denegó la devolución solicitada.
Indica que con fecha 30 de enero de 2014, el contribuyente presenta Solicitud de Revisión de la Actuación Fiscalizadora, acompañando los antecedentes que enumera en su libelo.
Manifiesta que con fecha 02 de julio 2013, se notifica Resolución Ex. N°27794, de fecha 01 de julio de 2013, que declara inadmisible la solicitud RAF.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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